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  • HONORARIOS EN SUCESORIO - CESION DE DERECHOS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #992447  por Lucero
 
Buenas tardes:
Les cuento, tuve una sucesión testamentaria, en la cual mi cliente realizó una cesión de derechos hereditarios con uno de los herederos. Al momento, se preséntó un escrito donde el Cesionario se comprometía a hacerse cargo de mis honorarios. Teniendo en cuenta que yo solo representaba al Cedente por el Testamento que tenía a su favor, ya no tengo nada mas que hacer en el sucesorio, toda vez que en el mismo existía sucesiones testamentarias de los padres de la causante y demás. La cesión de derechos se presentó en el expediente, al igual que el escrito donde se señalaba que la Cesionaria se haría cargo de mis honorarios. Es así que solicité al Juzgado, señalando que mi actuación había finalizado, que se me regulen los honorarios en función de mi labor y de la cesión de derechos respectiva. Se me solicitó clasificación de tareas, cosa que presenté y se le corrió traslado a los demás herederos para que presten conformidad. Frente al silencio de los herederos, señalé que habiendose dado cumplimiento con la clasificación de tareas y no habiendose observado la misma por parte de los herederos, solicitaba nuevamente regulación de honorarios, frente a lo cual el juzgado me provee que se tiene presente para su oportunidad. Pueden guirame al respecto ya que nadie sabe decirme como hacer para cobrar estos honorarios? Debo intimar a la Cesionaria?
 #1040251  por Lucero
 
Squonk escribió:Pagaste la tasa de justicia e inscribiste los bienes a nombre del cesionario?
El cesionario ya inscribió la correspondiente cesión. En cuanto a la tasa de justicia no la abone, ya que la contraria asumió el compromiso de abonar la totalidad de las costas y costos del proceso
 #1040252  por Lucero
 
Squonk escribió:Pagaste la tasa de justicia e inscribiste los bienes a nombre del cesionario?
El cesionario ya inscribió la correspondiente cesión. En cuanto a la tasa de justicia no la abone, ya que la contraria asumió el compromiso de abonar la totalidad de las costas y costos del proceso
 #1044004  por Lucero
 
Digamos q esta terminada la testamentaria. En ese mismo juicio tramita la ab intestato de los padres de la testadora. Hay otros bienes en juego. Pero mi cliente era heredero testamentario de los bienes de una de las herederas de la suc ab intestato y en base a ese testamento ológrafo realizamos la cesión de derechos hereditarios. Pero no obstante haber terminado mi labor profesional al momento de pedir regulación de honorarios me proveen téngase presente para su oportunidad
 #1048195  por Lucero
 
Squonk escribió:El juzgado va a regular cuando esten terminadas todos los sucesorios que tramitan en conjunto
El tema es q a los demas herederos no les preocupa terminarla ya q todos son hermanos. Puedo intimarlos a la finalización del sucesorio? Lo hago a través del exp p por carta documento?
 #1048197  por DRA. MACA
 
Me pasó lo mismo con una sucesion que tramito en Capital, no está finalizada, renuncié y pedi regulacion, lo mismo de siempre tengase presente para su momento oportuno, el tema es que esta gente NO va a continuar la misma, entonces como cobro mis honorarios?
 #1048452  por Squonk
 
Hola Maca.
Si no denunciaste el patrimonio a transmitir por el sucesorio, no hay base regulatoria y por eso postergan la regulacion de tus honorarios
 #1048453  por DRA. MACA
 
Squonk escribió:Hola Maca.
Si no denunciaste el patrimonio a transmitir por el sucesorio, no hay base regulatoria y por eso postergan la regulacion de tus honorarios
Hola Squonk.

Y si lo denuncio? O ya no estoy a tiempo, es solo un bien inmueble de Provincia. Pero la sucesion tramita en CABA. No la inicié yo sino otro colega y hace de todo esto un montón de tiempo.
 #1049256  por Squonk
 
DRA. MACA escribió: Y si lo denuncio? O ya no estoy a tiempo, es solo un bien inmueble de Provincia. Pero la sucesion tramita en CABA. No la inicié yo sino otro colega y hace de todo esto un montón de tiempo.
Sí, tendrías que denunciar todo el patrimonio que integra el acervo con las valuaciones para establecer una base regulatoria y explicar que los herederos peticionantes no piensan continuar con el trámite del sucesorio.