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  • URGENTE TASA DE JUSTICIA

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 #1040636  por Maru72
 
Hola Foristas inicie un juicio ejecutivo por pagaré en Capital Federal, y en el primer despacho ordenan lo siguiente: "Previo a proveer lo solicitado en el escrito inicial y de conformidad con lo prescripto por el art. 1 de la Acordada Nº 20/1992 de la C.S.J.N., hágase saber al accionante que deberá acompañar liquidación detallada de cada concepto que integra el monto imponible a los fines de la determinación de la Tasa Judicial a tributar e integrar el pago de la gabela correspondiente"
Busqué dicha acordada y no la encuentro, ¿alguien la tiene o me puede explicar que tengo que hacer? sinceramente no entiendo.
Otra consulta, una vez ordenado el mandamiento, ¿tengo que ir a la Oficina de Mandamientos a solicitar turno?
Gracias
 #1040755  por andresxeneizes
 
tenes que liquidar intereses del pagare, desde que vencio el mismo hasta el dia que iniciaste la demanda y pagar el 3% de eso de tasa

el mandamiento si es de intimacion de pago solamente no tenes que ir a la oficina, pero si es de intimacion de pago y embargo ahi si tenes que ir a sacar turno ya que tenes que ir con el oficial a hacer el embargo
 #1040924  por Maru72
 
Muchas gracias andresxeneises, una última consulta me ordenaron traba de embargo sobre muebles y a mi no me interesa, porque solicite inhibición, ¿lo aclaro con un escrito o directamente hago el mandamiento de intimación de pago sin embargo? Gracias
 #1148932  por BELGRANO
 
tengo un pagaré, cuyo firmante / deudor falleció e iré contra los herederos. Estimo que el ejecutivo será atraido por el Juzgado donde tramitó la sucesión. El monto es altísimo U$S 50.000 e imposible pagar tasa de justicia... Conocen alguna forma de presentarlo en Capital Federal sin pagar anticipadamente la Tasa de Justicia?? (En Prov. se puede... pero no sé en Cap.)