Buenas tardes
Debo tramitar RTI a un Sr que està inscripto en autònomos desde 1986, luego en Monotributo. Con perìodos pagos y otros con deuda, cumple la regularidad 30/36.
Lo harè por la ley 24241.
Mi duda es sobre que beneficios aplicar para deducir deuda:
1-¿hasta 9/1993 art. 1 Ley 24476 y desde 10/1993 Dto 526/95? o
2- ¿A todos los perìodos adeudados Dto 526/95?
La duda surge porque dudo si puedo aplicar el Dto 526/95 a perìodos anteriores a 9/1993.
Espero sus consejos
Muchas Gracias
Saludos
Tita
Debo tramitar RTI a un Sr que està inscripto en autònomos desde 1986, luego en Monotributo. Con perìodos pagos y otros con deuda, cumple la regularidad 30/36.
Lo harè por la ley 24241.
Mi duda es sobre que beneficios aplicar para deducir deuda:
1-¿hasta 9/1993 art. 1 Ley 24476 y desde 10/1993 Dto 526/95? o
2- ¿A todos los perìodos adeudados Dto 526/95?
La duda surge porque dudo si puedo aplicar el Dto 526/95 a perìodos anteriores a 9/1993.
Espero sus consejos
Muchas Gracias
Saludos
Tita