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  • Legitimac activa p/seguro de vida c/filiacion pendiente

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 #1041459  por antunezbrendae
 
Buenos días colegas!. El caso es complejo y es el siguiente. Mi hermano fallece en un accidente automovilístico en el 2012 cuando su mujer estaba embarazada. Al no encontrarse casados, 18 dias despues nace mi sobrino quien es anotado con apellido materno, por la falta de presunción de paternidad. Se inicia filiación, la cual está pendiente de resolucion (Ya hicimos ADN, estamos a la espera de los tiempos procesales..) Mientras tanto, en el medio, mi hermano tenía un seguro de moto y un seguro de vida conjuntamente, con LA CAJA (CAJA DE SEGUROS S.A.) la cuál, obviamente, se abrió de gambas y no quiso abonar las indemnizaciones que se preveían tanto en la poliza de automotor, como en la poliza de seguro de vida y accidentes personales, y siendo que su incumplimiento es palmariamente injustificado. Ahora bien, el trámite administrativo se inicio el 23/5/2012. La ley de seguros prevé plazo de prescripción al AÑO. Con lo cual estaría prescripta. Sin embargo la ley de defensa al consumidor prevé de 3 años. Me está resultando dificil establecer la calidad de consumidora del beneficiario del seguro, dado que la jurisprudencia establece que el consumidor es el asegurado (mi hermano) pero en este caso, es el beneficiario quien encamina la acción. Por otro lado tenemos el hecho de que el legitimadito activo, mi sobrinito de 2 añitos, aún no goza de la calidad de tal puesto que lleva apellido materno hasta que se dicte sentencia en la filiacion postmortem. Necesito ayuda para palear la situacion de la prescripción. Pensaba pedir acogida en la ley de defensa al consumidor, con lo cual necesitaria doctrina o juridprudencia que diga que el beneficiario es consumidor final. Y, asimismo, justificarlo por el lado de que nos encontramos a la espera del pronunciamiento en la Accion por Filiacion!. Agradecería la ayuda, porque ademas de ser un caso judicial, que atañe a este foro, se trata de mi familia, de mi familia mas directa y realmente quiero que mi sobrino pueda cobrar esa plata, mas cuando mi cuñada se quedó sola de la noche a la mañana. Muchas Gracias!!!
 #1041648  por ELISEA_SEP
 
yo en tu lugar pediria la apertura del sucesorio de tu hermano.-
Declararia lo que esta pasando con el seguro y el juicio de filiacion
pediria que el juzgado requiera el deposito del dinero de dicho seguros para que sean otorgados en el caso que corresponda a los herederos, que si el niño no fuera tu sobrinito, quedaria a favor de los padres del mismo o tuyo si no lo tuvieran.-
Por otra parte pedi en anses una constatacion de convivencia de tu cuñada con tu hermano, a los fines que la misma se haga si correspondiere de la pension del mismo y la obra social pertinente, asi como que deja constancia del tramite de filiacion post morten iniciado por el menor, no te dejes estar con eso.-
Y en el tema de filiacion si la familia del fallecido reconoce la convivencia y al niño como hijo del difunto porque lo estan demorando tanto?
La via administrativa si no hay presion judicial de alguna forma en los accidentes de transito se podria decir que es obsoleta.-
Suerte *suerte*
 #1041701  por antunezbrendae
 
ELISEA_SEP escribió:yo en tu lugar pediria la apertura del sucesorio de tu hermano.-
Declararia lo que esta pasando con el seguro y el juicio de filiacion
pediria que el juzgado requiera el deposito del dinero de dicho seguros para que sean otorgados en el caso que corresponda a los herederos, que si el niño no fuera tu sobrinito, quedaria a favor de los padres del mismo o tuyo si no lo tuvieran.-
Por otra parte pedi en anses una constatacion de convivencia de tu cuñada con tu hermano, a los fines que la misma se haga si correspondiere de la pension del mismo y la obra social pertinente, asi como que deja constancia del tramite de filiacion post morten iniciado por el menor, no te dejes estar con eso.-
Y en el tema de filiacion si la familia del fallecido reconoce la convivencia y al niño como hijo del difunto porque lo estan demorando tanto?
La via administrativa si no hay presion judicial de alguna forma en los accidentes de transito se podria decir que es obsoleta.-
Suerte *suerte*
Gracias por la respuesta!. El tema de la pensión ya está hecho!!. El sucesorio se iniciará en conjunto con la presentacion de esta demanda al seguro, al solo fin de que pueda cobrarlo mi sobrinito. Te digo la verdad, respecto a la filiacion. Hemos intentado hacer una filiacion "de común acuerdo" (una suerte de presentación conjunta entre mi mamá -obviamente madre de mi hno también- y mi cuñada) a fin de acelerar el proceso, pues no habia controversia alguna, ya que sabemos que mi sobrino es hijo de mi hermano y mi cuñada, pero la Justicia no lo permitió, y ahi va... en controvertido... demorando...
Voy a tener en cuenta requerir el depósito de las indemnizaciones!! Muchas Gracias!!!!