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  • Conyuge superstite contrae segundas nupcias

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 #1041485  por sabrinadolce
 
Hola, mi duda es la siguiente.
Mi cliente enviudo hace 5 años y contrajo nuevas nupcias, el conflicto se presente cuando sus hijos(del primer matrimonio) inician declaratoria de herederos de la madre fallecida, por problemas personales con el padre. La cuestion es la siguiente, mi cliente vive en el inmueble que compartia con su primera esposa y no tiene otro lugar para vivir, y al estar en desacuerdo con los hijos tiene la inquietud de si lo van a poder obligar a vender el inmueble para repartir el dinero obtenido por la venta.
En un principio yo pense que no por el beneficio del conyuge superstite del 3573 bis. Pero luego me informo que contrajo nuevas nupcias por lo que se me planteo esta duda.

No tendra ninguna opcion que vender el inmueble que era ganancial con su primera esposa?? o tiene alguna opcion que lo resguarde para no quedar sin hogar?
 #1041523  por DraTati
 
El derecho real de habitación vitalicio y gratuito está normado por el art. 3573 bis del Código Civil incorporado por ley 20.798 que dice: “Si a la muerte del causante éste dejare un solo inmueble habitable como integrante del haber hereditario y que hubiera constituido el hogar conyugal, cuya estimación no sobrepasare el indicado como límite máximo a las viviendas para ser declaradas como bien de familia, y concurrieren otras personas con vocación hereditaria o como legatarios, el cónyuge supérstite tendrá derecho real de habitación en forma vitalicia y gratuita. Este derecho se perderá si el cónyuge supérstite contrajere nuevas nupcias”.
Vos comentaste que tu cliente contrajo nuevas nupcias, así que por el art. 3573 bis, no podés ir.
Lo único que se me ocurre es que si todos los herederos se ponen deacuerdo -cosa dificil, por lo que vos planteas al inicio- es que plantean la indivision del inmueble por la Ley 14.354, art 52. por un máximo de 10 años. Recordá que se tiene que incribir para ser oponible a terceros.
Espero haber sido de ayuda
Saludos !!! *suerte*
 #1041652  por ELISEA_SEP
 
no sabes el lio que es sacar a la viuda del 2 matrimonio despues de la propiedad, porque al estar casada tambien hereda como un hijo mas!!!
Decile al padre que negocie con los hijos y que acepte poner la casa a nombre de todos ellos reservandose el usucto mientras viva y de esa forma los hijos se ahorran un futuro grandisimo dolor de cabeza y el señor se asegura tener donde vivir hasta lo que le queda de vida.-
Yo intentaria persudiarlos de esa forma porque si no esta en el horno el tipo y a la segunda esposa le queda la pension pero no la casa y con eso creo que se calman los hijos y la mujer.-
Espero te sirva mi aporte.-