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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1041082  por maria80
 
Hola colegas, les hago una consulta, en un juicio por violencia familiar, al notificarle al demandado de una medida de prohibición de acercamiento y de restitución de la hija menor para la madre, queda constatado en el mandamiento que tiene una audiencia para x fecha y que debe comparecer.
Al consultar el expte judicial dice que no se libra cedula por falta de copias para traslado y bonos de movilidad...
Entonces ¿hay que presentarse en esa audiencia debido a que no se corre el traslado??, que harìan??

Espero me puedan ayudar. Gracias!
 #1041510  por MCuello
 
En realidad, yo que tu cliente me presentaría...De todos modos, estaría demostrando la buena voluntad para terminar con el litigio. Independientemente que la parte actora decida ir o no, yo me presentaría. No nos olvidemos que el que tiene la prohibición de acercamiento es él.
Suerte.
Marisa
 #1041644  por MCuello
 
No, no debés contestar ningún traslado. Generalmente, en los temas de violencia, lo que tratan es de acercar a las partes para terminar con el conflicto. Seguramente quieren tener contacto personal con el demandado y ver cuáles son las causas que él expone. Presentate con él y fijate qué te dicen.