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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1041825  por aguslulu
 
Hola, el viudo que tramita su pensión derivada después de haber convertido su jubilación por edad avanzada a una jubilación ordinaria,
-desde cuando le corresponde el retroactivo, desde que hizo la transformación o desde la fecha del fallecimiento de la esposa?
Desde ya muchas gracias.
 #1041835  por ecar
 
aguslulu escribió:Hola, el viudo que tramita su pensión derivada después de haber convertido su jubilación por edad avanzada a una jubilación ordinaria,
-desde cuando le corresponde el retroactivo, desde que hizo la transformación o desde la fecha del fallecimiento de la esposa?
Desde ya muchas gracias.
hola, le corresponde desde la fecha de fallecimiento, si el pedido de pension se tramita dentro de los 12 meses de dicha fecha. saludos
 #1042692  por MARIO1943
 
aguslulu escribió:Muchas gracias, de donde lo puedo leer tenes idea?
LO PODES LEER EN LA PAGINA D E ANSES
Pensión por fallecimiento de un jubilado


Esta prestación se otorga en caso de fallecimiento de un jubilado del SIPA a los siguientes derechohabientes:
Viuda/o del causante.
Conviviente del causante: deberá acreditar haber convivido públicamente en aparente matrimonio durante por lo menos cinco (5) años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Dicho plazo se reduce a dos (2) años cuando existan hijos reconocidos por ambos convivientes.
Hijo/a soltero hasta 18 (dieciocho) años y que no goce de otro beneficio.
Hija viuda hasta 18 (dieciocho) años y que no goce de otro beneficio.
Hijo/a incapacitado sin límite de edad, si al momento del fallecimiento del causante se encontraba incapacitado para el trabajo y a cargo del causante o incapacitado a la fecha en que cumplieran dieciocho (18) años de edad.

En caso de realizar el trámite durante el primer año de ocurrido el fallecimiento, se le reconocerá el retroactivo correspondiente desde el día posterior al deceso del beneficiario. De otra forma podrá iniciar el trámite pero se le reconocerá el retroactivo por el año anterior a la fecha de iniciación de la prestación.
 #1045089  por aguslulu
 
Muchas gracias
No respondí antes porque estaba sin el servicio de Arnet con el cual todavía estoy peleando
 #1045176  por drpatata
 
Buenos días colegas, me parece que en el caso de consulta el retroactivo debe correr desde que la PEA fue transformada en JO porque hasta ese momento eran incompatible con la pensión.
Saludos!
 #1056041  por aguslulu
 
En Anses me dicen lo mismo y es mas cuando pagaron lo hicieron contando a partir de la fecha de la transformación de PEA a JO por eso preguntaba si hay alguna resolución o art. que explique este tema Gracias.