Estimados colegas:
inicie una demanda por daños y perjuicios a la municipalidad de lomas de zamora por lesiones sufridas en el parque-El juzgado en el fuero civil se declaro incompetente Y declara que es materia del fuero contencioso administrativo , le transcribiré uno de sus fundamentos··
"Se trata de hace efectiva la responsabilidad estatal, cuestión que debe ser resuelta por aplicación de normas y principios de Derecho Público, conclusión que no varía por el hecho de que debe acudirse para su solución al método de integración analógica. Como se dijo antes, está expresamente previsto en el código de la materia que esta clase de asuntos corresponde los Tribunales Contencioso Administrativo aún cuando "...se invocaren o aplicaren por analogía normas del Derecho Privado" (art. 2º y inc. 4º de la ley 12.008 -texto según ley 13.101; B. 68.005 "Carrizo Federico A. c/ Municipalidad de Necochea s/ Daños y Perjuicios, conflicto de competencia art. 7 inc. 1ª ley 12.008).
NO SE NADA DE DERECHO ADMINISTRATIVO ---NO SE COMO TENGO QUE REMONTAR- SI REHACER LA DEMANDA-NO CONOZCO DE PRESCRIPCIÓN O SEA QUE NECESITO VUESTRA ORIENTACIÓN .- UNA RESPUESTA URGENTE.-
inicie una demanda por daños y perjuicios a la municipalidad de lomas de zamora por lesiones sufridas en el parque-El juzgado en el fuero civil se declaro incompetente Y declara que es materia del fuero contencioso administrativo , le transcribiré uno de sus fundamentos··
"Se trata de hace efectiva la responsabilidad estatal, cuestión que debe ser resuelta por aplicación de normas y principios de Derecho Público, conclusión que no varía por el hecho de que debe acudirse para su solución al método de integración analógica. Como se dijo antes, está expresamente previsto en el código de la materia que esta clase de asuntos corresponde los Tribunales Contencioso Administrativo aún cuando "...se invocaren o aplicaren por analogía normas del Derecho Privado" (art. 2º y inc. 4º de la ley 12.008 -texto según ley 13.101; B. 68.005 "Carrizo Federico A. c/ Municipalidad de Necochea s/ Daños y Perjuicios, conflicto de competencia art. 7 inc. 1ª ley 12.008).
NO SE NADA DE DERECHO ADMINISTRATIVO ---NO SE COMO TENGO QUE REMONTAR- SI REHACER LA DEMANDA-NO CONOZCO DE PRESCRIPCIÓN O SEA QUE NECESITO VUESTRA ORIENTACIÓN .- UNA RESPUESTA URGENTE.-
