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  • SINIESTRO DOS CODEMANDADOS

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 #1042075  por Librana24
 
Hola foristas quiero consultarlos por lo siguiente, en un siniestro automotor hay dos codemandados el titular registral y el conductor comprador que no había hecho la transferencia, chocó y se demandó a los dos. Se le embargo el sueldo al comprador responsable directo y a mi cliente titular, (que no hizo la denuncia de venta, y le dio el 08 firmado al comprador), se lo inhibió. La consulta concreta es, si al comprador, que chocó, se le trabó embargo del sueldo y esta cumpliendo, lleva embargado más de la mitad de la liquidación de sentencia. Si está cumpliendo el responsable directo podría pedir que se levante la inhibición al titular registral?, que es mi cliente. Estoy bien o me equivoco? Gracias a quien me pueda aclarar esto.
 #1042090  por BRENDITA
 
sí xq no puede haber 2 medidas cautelares trabadas al mismo tiempo
 #1042290  por BRENDITA
 
Librana24 escribió:Es así Brendita? La verdad no lo sabía, en que fundamento esto? Gracias por tu aporte.

yo soy de la prov. de sta. fe, acá es así y supongo q en todos lados es así xq es lo más lógico.
Yo lo 1º q hago cdo. 1 persona no tiene sueldo lo inhibo y desp. si aparece con sueldo pido la sustitución de la inhibic. x el embargo de sueldo. El fundamento está justamente en q el demandado te puede pedir sustitución y si vos te oponés se arma un incidente a los fines de q el juez resuelva.
Yo generalmente pido la sustitución pero en realidad no le levanto la inhibic. x si desp. me deja de trabajar el ddo., pero tuve casos donde el abogado del ddo. pidió q se cumpliera con la sustitución levantando la inhibición y el juzgado le hizo lugar. Imaginate q si vos pudieras trabar todas las cautelares q existen contra la misma persona en el mismo juicio la tendrías acorralada de todos lados.
En sta. fe sólo te permiten trabar inhibición si el ddo. no tiene bienes o bien si tiene pero son insuficientes para cubrir el monto de la deuda, no sé q dirá el porcesal de tu prov.