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  • Sentencia liquidada y falleció actor

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1042793  por Alejandra Radua
 
buenos días.
Anses acaba de liquidar una sentencia el día 21/6 y el actor falleció el 3/6.
La viuda aún no inició la pensión pq la partid de matrimonio actualizada se la entregan el 3/7.
Dado que el cobro de la sentencia estará disponible a fin del mes de julio, tendré que ir a alsina a presentar algo?
Qué me aconsejan?
 #1042800  por lucky
 
Me acaba de pasar lo mismo hace un mes!!!!!. Te va a aparecer en el RUB "pago suspendido" (por lo menos así fue en mi caso).
Fui a Alsina y me dijeron que recién cuando salga la pensión de la viuda (y ésta cobre el primer haber) presente una nota pidiendo que se le abone el retroactivo y se le recalcule el haber de pensión, adjuntando un comprobante del primer cobro.
Yo fui con la nota ya lista para presentar con la constancia de que había sido otorgada la pensión, pero (luego de consultar entre ellos) no me la tomaron porque me dijeron que hay que esperar que cobre la viuda. Y recién ahí presentarla.
Si vas por ahí, y te dicen algo distinto, avisame!!!. Pero esto es lo que averigüé.
Otra cosa importante: me dijeron que como en cualquier UDAI pueden ver en el sistema si al causante le liquidaron un nuevo haber reajustado, PUEDE SER que desde la misma Udai le liquiden la pensión a la viuda en base al nuevo haber liquidado sin necesidad de solicitarlo.
 #1043507  por markello
 
Es la primera vez que vemos que sucede esto de depositar justo cuando fallece el beneficiario. Desafortunadamente es asi, hasta que la pensionada no tenga la resolucion que indique que es la beneficiaria no se puede hacer nada, todo depende de la udai donde tramita la pension, aqui no importa si cobra la pension solo importa la resolucion otorgatoria de la pension.

Como hemos referido en reiterados casos aqui lo que se pide es unificacion y relacion, se puede hacer por escrito o que lo carguen ellos en el sistema, el problema aqui es que no creemos que dentro del plazo que esta el deposito en el banco pueda percibir la pensionada.

Entendemos que hay que pedir que lo paguen de nuevo porque el deposito seguro volvera al Anses y solictar el repago, aunque hoy le cambiaron el nombre y lo hacen por 529.

Percibido o resuelto la pension se pide relacion y unificacion, se hace en legales, luego el repago.

Ojala la udai se maneje con celeridad y legales haga algun tipo de excepcion en estos temas puntuales.

Saludos
 #1043511  por marita12
 
Buenos días, desafortunadamente a todos nos pasa eso alguna vez.
Les cuento que mi última experiencia fue mala porque tuve que esperar 1 año y 1 mes para que le paguen a la viuda el haber reajustado y retroactivo.
Primero por supuesto me indicaron que haga la pensión y luego de percibir el primer haber me fui a Alsina con la nota, la resolución de pensión y el recibo de cobro, pero lo cierto es que tardaron varios meses más para pagarle a la viuda.
Saludos cordiales, Marita.
 #1047613  por Alejandra Radua
 
lucky escribió:Me acaba de pasar lo mismo hace un mes!!!!!. Te va a aparecer en el RUB "pago suspendido" (por lo menos así fue en mi caso).
Fui a Alsina y me dijeron que recién cuando salga la pensión de la viuda (y ésta cobre el primer haber) presente una nota pidiendo que se le abone el retroactivo y se le recalcule el haber de pensión, adjuntando un comprobante del primer cobro.
Yo fui con la nota ya lista para presentar con la constancia de que había sido otorgada la pensión, pero (luego de consultar entre ellos) no me la tomaron porque me dijeron que hay que esperar que cobre la viuda. Y recién ahí presentarla.
Si vas por ahí, y te dicen algo distinto, avisame!!!. Pero esto es lo que averigüé.
Otra cosa importante: me dijeron que como en cualquier UDAI pueden ver en el sistema si al causante le liquidaron un nuevo haber reajustado, PUEDE SER que desde la misma Udai le liquiden la pensión a la viuda en base al nuevo haber liquidado sin necesidad de solicitarlo.
Hola lucky.
Hoy fui a Alsina y me dijeron que tengo que esperar a que la viuda cobre.
Para colmo como la viuda inició la pensión enseguida, el haber se lo calcularon sobre el mínimo y no sobre los $ 8.900.- que le da el haber reajustado al causante.
Espero que no demore mucho. El retroactivo es de 320.000.-
 #1047647  por lucky
 
Y si.... me pasó lo mismo a pesar de que podía haber sucedido q a la viuda le calculasen la pensión en base al haber reajustado del fallecido ya que (según ellos) en la UDAI pueden ver la liquidación del causante al estar todo digitalizado. Pero le liquidaron por el mínimo.
Ya presenté la nota porque la viuda recientemente cobró la pensión, pero tienen que digitalizar algunos exptes, asociarlos, y después esperar que se decidan a liquidar.
Obviamente no te dan estimación alguna sobre plazos. A esperar.