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  • SECUETRO PRENDARIO ¿QUE PASA LUEGO DE LA SUBASTA'

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 #1043034  por naguy88
 
Buen dia estimados, mi duda para el dia de la fecha es la siguiente:
Tengo un cliente que adquirio una camioneta mediante una prenda. Luego de 8 o 9 cuotas dejo de pagar y el banco inicio el secuestro prendario. Luego de varios dias de que el oficial se presentara y realizara el secuestro de la camioneta, mi cliente decide consultarme. Nos comunicamos con el banco y nos informaron la fecha de subasta. A la subasta concurrio mi cliente y la camioneta se vendio.
Aca viene mi duda: el banco tiene la obligacion de restituir las sumas excedentes al credito reclamado por el recupero en subasta no? de ser asi, debo intimarlos a que informen el resultado de la subasta y luego reclamar el remanente?
Desde ya, muchisimas gracias.-
 #1043070  por reyleon
 
Leete la LEY DE PRENDA CON REGISTRO DECRETO-LEY Nº 15.348/46, ratificado por la Ley Nº 12.962 y sus modificatorias (t.o. Decreto Nº 897/95) y sacá tus conclusiones. Y en la duda, CC.

Saludos... G.