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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1043141  por larrylu
 
HOLA COLEGAS. TENGO QUE INICIAR DEMANDA CONTRA UNA MANDATARIA DE RADIO TAXI QUE TUVO COMO EMPLEADO A MI CLIENTE POR MAS DE 20 AÑOS, PERO QUE DURANTE TODOS ESOS AÑOS FUERON CAMBIANDO DE RAZON SOCIAL, Y CON ELLO DE SOCIOS, DOMICILIO, ETC, MANTENIENDO LA MISMA ACTIVIDAD Y LA MISMA GENTE. EN CADA CAMBIO DE RAZON SOCIAL LO HACIAN RENUNCIAR Y LO VOLVÍAN A TOMAR INMEDIATAMENTE EN NEGRO Y LUEGO DE UN TIEMPO EN BLANCO, Y ASI SUCESIVAMENTE. AHORA LO DESPIDIERON Y VOY A INICIAR CONTRA LA EMPLEADORA ACTUAL Y EL VERDADERO DUEÑO DE TODO ESTE ENTUERTO POR SOLIDARIDAD ART 31 LCT. MI PREGUNTA ES: TENGO QUE DEMANDAR TAMBIEN SI O SI A TODAS LAS DEMAS EMPRESAS DE ESE GRUPO ECONOMICO QUE SE FUERON SUCEDIENDO AÑO TRAS AÑO Y QUE ALGUNAS YA NI EXISTEN, O BASTA CON DEMANDAR A LA ULTIMA Y AL DUEÑO?
ALGUIEN ME PUEDE DAR UNA MANO??????
 #1043150  por adessoma
 
Técnicamente no se da el supuesto de grupo económico. Grupo económico es otra cosa (art. 31).
En el caso que nos comentás, más bien parecería tratarse de solidaridad y fraude laboral. En el supuesto de continuación deberías enfocarlo por el lado de los arts. 225 y ss. y el Plenario N° 289 "Baglieri, Osvaldo c/ Francisco Nemec y Cía. SRL".
Tenés manera de probar el fraude?
 #1043198  por larrylu
 
GRACIAS POR TU RESPUESTA. LO ENCARE POR EL ART 31 XQ BUSCANDO JURISPRUDENCIA ENCONTRE UN MONTON DE FALLOS CONTRA ESTAS EMPRESAS Y CONTRA EL DUEÑO DONDE LO CONDENAN EN VIRTUD DE ESTE ARTICULO. PENSABA DEMOSTRARLO HACIENDO MENCION DE ESTOS FALLOS Y CON TESTIGOS. QUE OPINAN?
 #1043271  por reyleon
 
Hola, estoy metido en el tema taxi, y eso que planteás es "figurita repetida", digamos que todas las mandatarias hacen lo mismo. Por eso, me interesa seguir de cerca tu caso -si no te jode, desde luego- para emnpaparme bien del balurdo, sobre todo en lo que a su faz jurídica respecta.

Saludos... G.
 #1043324  por adessoma
 
larrylu: Con conocimiento de causa te digo que el caso que nos comentás no se trata de un grupo económico. Permitime ser autorreferencial, pero si sirve de algo te sugiero que busques un fallo de la C.S.J.N.: Recurso de hecho B. 567. XLVIII "Barberis, Carlos Martín c/ Unión Tranviarios Automotor y Otro s/ Despido" Expte. 10191/10, del 26/02/2013 Juzgado de origen: JNT 32.
Es de un juicio mío que llegó a la C.S.J.N. en el que mi cliente -un colega que trabajó para la UTA y la Obra Social- planteó la figura del pluriempleo y obtuve indemnización por despido de ambos empleadores con más las multas de la ley 24013 respecto de la Obra Social.
Saludos.
 #1043503  por larrylu
 
GRACIAS. PERO SINCERAMENTE ESTOY CADA VEZ ESTOY MAS DESORIENTADA. NO SE PARA DONDE ARRANCAR. MAS OPINIONES?