Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DESPIDO EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1043851  por FroyNavarro
 
Buen día a todos.
Quisiera me den su opinión al respecto de este tema.
Me viene a ver una persona que trabajó 3 meses y 15 días para una empresa de servicios eventuales. Lo destinan a una fabrica en Quilmes y cumplido ese plazo lo dejan sin trabajo. Nunca más la empresa de servicios eventuales volvió a convocarlo. Ya hicimos intercambio telegráfico y estamos en condiciones de interponer la demanda ya que está fuera del período de prueba, por lo tanto procede la indemnización.
El tema es que dejó de trabajar en MARZO DE 2013. Si bien está dentro del período de prescripción, esto es lo que me causa la duda.
Mi pregunta es la siguiente: tomo para la liquidación los 3 meses y 15 días que trabajó efectivamente o tomo el período desde que entró hasta que se dio por despedido?
Explico, tengo miedo que si voy por la segunda opción (que es la mas conveniente en $) se pueda entender que hay un aprovechamiento indebido de la situación por parte del actor ya que recién me vino a ver casi un año después de que salió de la fábrica usuaria.
No se si tuvieron o conocen de un caso similar, espero me puedan ayudar con esto.
Les mando un saludo enorme. Y Gracias, como siempre.