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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1043998  por VLA28
 
Hola colegas!
Les escribo para consultarles lo siguiente:
Quiero hacer un sicam para Una persona que no tiene la edad jubilatoria y no tiene aportes, bajo el regimen de la ley 24476 y que así pueda comprar varios años (pero no obviamente con esto solo no llega a reunir los 30)
El tema es que por los años faltantes, esta persona comenzara a aportar como monotributista hasta q cumpla la edad jubilatoria.
mi pregunta es , en la pantalla de datos personales del sicam, hay un desplegable donde aparecen los distintos tipos de trámite: jubilación,pensión,libre deuda, reconocimiento de servicios, que opción debo elegir? Mi idea es que,como a esta persona le faltan años, vaya pagando en cuotas y el día de mañana directamente hacer una nueva liquidación sumando el periodo cancelado con la moratoria ley 24476 más los años que aportara como monotributista.
Y mi segunda duda es, tengo que elegir la opción de deuda parcial? teniendo en cuenta que el día de mañana se deberán adicionar en la liquidación los aportes monotributistas? o debo elegir deuda total?
En el instructivo sicam de la pagina de afip no me esclarece ninguna de las 2 dudas y tampoco surge de la normativa de Anses.
Aguardo sus comentarios.
Muchísimas gracias!!!
 #1044031  por MARIO1943
 
TENES QUE PONER JUBILACION, NO ESTOY D E ACUERDO CON EMMA D E PONER LIBRE DEUDA, QUE LIBRE DEUDA QUIERE PEDIR, SI NO ESTA INSCRIPTA Y ADEMAS NO TIENE DEUDA , CUANDO ELEGIS ESTA OPCION, EL SICAM TE LARGA ESTA LEYENDA ANTES D E ENVIARLO
Si en "Prestación Solicitada" del Liquidador Ud. ha marcado "Otros Libre Deuda" porque no está en condiciones de solicitar una prestación previsional, debe presentar un formulario Multinota en la agencia en la que se encuentra inscripto para que la presentación sea rechazada


LA 24476 ES BASTANTE CLARA,

ARTICULO 8º - Los trabajadores autónomos a los fines de cumplir con los requisitos exigidos para acceder a los beneficios instituidos por los incisos a), b), e) y f) del artículo 17 de la Ley Nº 24.241, tendrán derecho a inscribirse en el régimen de regularización voluntaria de la deuda instrumentado en este Capítulo y podrán solicitar y acceder a dichos beneficios a los que tengan derecho. De igual modo, tendrán derecho a inscribirse en el precitado régimen los derechohabientes previsionales del trabajador autónomo fallecido, con el objeto de lograr la pensión por fallecimiento enunciada en el inciso d) de dicho artículo.
 #1044064  por VLA28
 
Hola Emma2011 y Mario1943, muchas gracias a los 2 por responderme!
Perd{on, pero y en deuda "parcial" o "total" debería elegir la opción "total", a pesar de que luego, y oportunamente cuando adquiera la edad jubilatoria, le haga un nuevo SICAM incluyendo el período cancelado en cuotas por Moratoria Ley 24476 y adicionando un nuevo período para llegar a los 30 de servicios requeridos?
 #1044160  por Damianlex
 
Armas el sicam, en prestacion solicitada "jubilacion", deuda parcial "NO" y liquidas con la ley 24476. Una vez cancelada la moratoria mas los aportes de monotributo (adquiere el derecho y reune los 30 años), volves a liquidar el sicam con la ley 24241.
 #1044215  por Emma2011
 
TENES QUE PONER JUBILACION, NO ESTOY D E ACUERDO CON EMMA D E PONER LIBRE DEUDA, QUE LIBRE DEUDA QUIERE PEDIR, SI NO ESTA INSCRIPTA Y ADEMAS NO TIENE DEUDA , CUANDO ELEGIS ESTA OPCION, EL SICAM TE LARGA ESTA LEYENDA ANTES D E ENVIARLO
Si en "Prestación Solicitada" del Liquidador Ud. ha marcado "Otros Libre Deuda" porque no está en condiciones de solicitar una prestación previsional, debe presentar un formulario Multinota en la agencia en la que se encuentra inscripto para que la presentación sea rechazada
Hola Mario, yo he utilizado el otros libre deuda sin problema...hace un tiempo eso si.
Fijate que el art.5 dice:
Quedan comprendidos todos los trabajadores autónomos inscriptos o no. Quienes se hubieren acogido a moratorias y planes de pagos vigentes o caducos podrán optar conforme las alternativas previstas en el artículo 10.
Con el proyecto nuevo, no se que va a pasar en el futuro con las jubilaciones, pero comprar por ese medio que he mencionado "quizas" podria ser mejor...
Desgraciadamente en este momento es difícil tomar decisiones, por eso le respondi que lo había hecho en casos similares y no tuve problemas...
Hola Emma2011 y Mario1943, muchas gracias a los 2 por responderme!
Perd{on, pero y en deuda "parcial" o "total" debería elegir la opción "total", a pesar de que luego, y oportunamente cuando adquiera la edad jubilatoria, le haga un nuevo SICAM incluyendo el período cancelado en cuotas por Moratoria Ley 24476 y adicionando un nuevo período para llegar a los 30 de servicios requeridos?
VLA28: Te comento que en casos similares hasta ahora he elegido "deuda total", no se que va a paser en el futuro... :cry:
 #1044246  por VLA28
 
Perfecto! Muchas gracias a todos!
Mencion a parte para quien firma como "conchita", sin animo de entrar en discusion, sinceramente con su comentario pareciera ser alguien desubicado con pocas ganas de aprender y con tiempo para molestar.
Les agradezco a los profesionales por compartir sus conocimientos y experiencia, lo que hace que el foro resulte muy enriquecedor!!!!
Un beso grande!
 #1121092  por meche
 
Estoy en la misma duda, alguno me puede actualizar esta información

Yo creo que lo correcto sería liquidar por la 24476 y cuando inicie la jubilación con los datos nuevos liquidar por la 24241 (siempre poniendo jubilación en los datos personales) Me podrían confirmar que sea así?
Gracias