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  • Urgente testimonial-- extremos a probar ??

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 #1044272  por marus80
 
Hola !
Cuando arme demanda no puse los extremos a probar tal indica el art 333 cpcc
Ahora debo indicarlo x q salió el auto de apertura .
Como es la primer demanda , no se como indicarlo . Si poniendo preguntas pero entiendo q no porque estaría adelantando parte de mi pliego .
Alguien me puede ayudar ???
Gracias !!!
 #1044279  por abogado1987
 
tené presente que el art. 443 del CPCCN prohíbe las preguntas en términos afirmativos, pues implican una afirmación a la cual el testigo se ve dirigido a contestar por “sí o no”, si las preguntas comienzan como por ejemplo: ¿Qué?, ¿Cómo?, ¿Cuándo?, ¿Por qué?, ¿Dónde? …, el testigo se puede explayar.

Redactaría el interrogatorio, no efectuarlo a viva voz. Presentar el interrogatorio en el tribunal con anticipación a la audiencia, firma de la parte y letrado, y permitirá evitar la posibilidad de perder la prueba por caducidad.
 #1044285  por marus80
 
Gracias , yo en el amplia indico algunas preguntas y agrega más todas aquellas preguntas q verse en el pliego que se acompañe oportunamente

Espero así este ok

Millón de gracias
 #1044502  por abogado1987
 
marus80 escribió:Gracias , yo en el amplia indico algunas preguntas y agrega más todas aquellas preguntas q verse en el pliego que se acompañe oportunamente

Espero así este ok

Millón de gracias
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