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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1043904  por OlgaSofia
 
Hola a todos!!!

Necesito que me ayuden con una prescripcion, llego un cliente, diciendome que habia comenzado un juicio con otro abogado pero que no tenia novedades.. le digo todo lo respectivo al tema y a la semana me trae una carpeta con todos los papeles... para mi sorpresa la demanda estaba dentro de la carpeta firmada por el cliente pero no presentada... ahora los plazos son los siguientes... para mi esta precripto... pero quizas se suspendio y todavia estoy a tiempo de presentarla...

cierre de intercambio telegrafico: 01/11/2011
1° audiencia de conciliacion: 14/12/2011
2° acta de cierre de conciliacion: 06/02/2012.-

Alguien podra ayudarme??
Mil gracias!!!!!!!!! *leo*
 #1044049  por andresxeneizes
 
supongamos que es desde la fecha de intercambio epistolar y no desde la fecha de despido, son 2 años y medio con la suspension del seclo, es decir entiendo que el 1/5/14 prescribio si mal no me fallan los calculos
 #1044053  por MORGAN
 
habría que ver los términos de los telegramas para dar mayor certeza. pero aunque no hubiera seclo o algo parecido no está prescripta la acción.
 #1044556  por OlgaSofia
 
MORGAN escribió:habría que ver los términos de los telegramas para dar mayor certeza. pero aunque no hubiera seclo o algo parecido no está prescripta la acción.

Crees que NO ESTA PRESCRIPTA... ?... que plazos tengo que tener en cuenta? ...
 #1044557  por OlgaSofia
 
andresxeneizes escribió:supongamos que es desde la fecha de intercambio epistolar y no desde la fecha de despido, son 2 años y medio con la suspension del seclo, es decir entiendo que el 1/5/14 prescribio si mal no me fallan los calculos
Si a mi la cuenta me dio parecida... ufffa!!
 #1044736  por OlgaSofia
 
andresxeneizes escribió:igual espera a ver que te dice morgan, porque vio algo que yo no vi cuando conte los plazos
Mil gracias... Morgan dame una luz de esperanza...
 #1044768  por afernandez
 
disculpa pero habria que ver cuando se mando la primer cd, pero si es por la fecha de 1/11/2011, no esta prescripta, ya que el intercambio te suspende por un año, con lo cual tenes en principio tres años para interponerla, es decir hasta el 1/11/2014.
 #1044793  por cinsabrimar
 
Hola, sobre que tema es la demanda? despido? accidente de trabajo?. Si es por despido tenes que contar los dos años desde el telegrama en que se da por despedido, y agregar los seis meses que te suspende el SECLO.-
 #1044799  por hexametro
 
OlgaSofia escribió:Hola a todos!!!

Necesito que me ayuden con una prescripcion, llego un cliente, diciendome que habia comenzado un juicio con otro abogado pero que no tenia novedades.. le digo todo lo respectivo al tema y a la semana me trae una carpeta con todos los papeles... para mi sorpresa la demanda estaba dentro de la carpeta firmada por el cliente pero no presentada... ahora los plazos son los siguientes... para mi esta precripto... pero quizas se suspendio y todavia estoy a tiempo de presentarla...

cierre de intercambio telegrafico: 01/11/2011
1° audiencia de conciliacion: 14/12/2011
2° acta de cierre de conciliacion: 06/02/2012.-

Alguien podra ayudarme??
Mil gracias!!!!!!!!! *leo*
Que haya una copia de la demanda esté en la carpeta no quiere decir que no haya sido iniciada: consultá bien en mesa de entradas del fuero, donde se consultan las radicaciones. ¿Con conciliación te referís a Seclo, es Capital?

En cuanta a la prescripción: hay por lo menos dos vías argumentales para demostrar que no lo está.
 #1044827  por MORGAN
 
como dice afernández son 3 años si hubo interpelación fehaciente. si además hay seclo son 3 y medio
 #1044828  por andresxeneizes
 
OlgaSofia escribió:
andresxeneizes escribió:igual espera a ver que te dice morgan, porque vio algo que yo no vi cuando conte los plazos
Mil gracias... Morgan dame una luz de esperanza...
viste, me habia olvidado el año que amplia el 3986 cc
 #1044873  por TORDO
 
[quote="afernandez"]disculpa pero habria que ver cuando se mando la primer cd, pero si es por la fecha de 1/11/2011, no esta prescripta, ya que el intercambio te suspende por un año, con lo cual tenes en principio tres años para interponerla, es decir hasta el 1/11/2014.[/quote]


Coincido si en el intercambio intimo a que se le abone indemnizacion etc etc, lo que se llama constituir en mora, entonces no prescribio.-
ahora debe tratarse de una relacion en blanco, sino agua!!!!
 #1045162  por MORGAN
 
TORDO escribió:
afernandez escribió:disculpa pero habria que ver cuando se mando la primer cd, pero si es por la fecha de 1/11/2011, no esta prescripta, ya que el intercambio te suspende por un año, con lo cual tenes en principio tres años para interponerla, es decir hasta el 1/11/2014.

Coincido si en el intercambio intimo a que se le abone indemnizacion etc etc, lo que se llama constituir en mora, entonces no prescribio.-
ahora debe tratarse de una relacion en blanco, sino agua!!!!
NO
 #1045184  por OlgaSofia
 
afernandez escribió:disculpa pero habria que ver cuando se mando la primer cd, pero si es por la fecha de 1/11/2011, no esta prescripta, ya que el intercambio te suspende por un año, con lo cual tenes en principio tres años para interponerla, es decir hasta el 1/11/2014.
La felicidad volvio a mi cuerpo.... :P