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  • Información Sumaria...duda en prueba y poder

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1044590  por mariosancho
 
Hola Colegas quiero pedirles la opinión en este tema : Tengo que rectificar una partida de nacimiento en Cap Fed, la partida es de un menor y es para agregar el número de DNI de la madre, en la misma figura solamente el nombre y acreditó identidad con 2 testigos cuando inscribió al hijo ya que en ese momento no tenía DNI (es extranjera), luego obtiene el DNI Argentino. y ahora quieren agregarlo.
La duda que tengo es en cuanto a la prueba a ofrecer : yo entiendo que solamente debo ofrecer documental E INFORMATIVA ya q debo probar que tiene DNI Arg, O también testimonial???.
Por otro lado voy a actuar con poder por que viven en el interior y la duda que tengo es si bastará con que al poder lo otorgue solamente uno de los padres?? o ambos?, yo pienso que basta con que lo otorgue uno entiendo que cualquiera de los dos pueden representar legalmente a sus hijos (es por un tema del gasto del poder ya que son de bajos recursos)...espero sus opiniones, si no es molestia. Saludos para todos.
 #1044616  por santiheladero
 
Art. 242. La maternidad quedará establecida, aun sin reconocimiento expreso, por la prueba del nacimiento y la identidad del nacido. La inscripción deberá realizarse a petición de quien presente un certificado del médico u obstétrica que haya atendido el parto de la mujer que se atribuye la maternidad del hijo y la ficha de identificación del recién nacido. Esta inscripción deberá serle notificada a la madre salvo su reconocimiento expreso, o que quien hubiese denunciado el nacimiento fuere el marido.
 #1044821  por mariosancho
 
Ante todo gracias santiheladero por responder, te comento que en mi caso la madre ya figura como tal en la partida de nacimiento, con la aclaración de "no presenta DNI", por que en ese momento no tenía. Ahora ya lo tiene y quiere que el número de DNI de Ella se agregue a la partida de su hijo. En el reg civil me dijeron que solo se puede hacer por vía judicial, mediante información sumaria, y como debo actuar con poder (por que viven en el interior) tengo dudas en cuanto a si puede otorgarme el poder solamente uno de los padres ?o ambos?.