Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PUEDO IMPUGNAR UNA AMPLIACION DE PERICIA?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1044945  por alejandra01
 
Hola gente...tengo un caso laboral en provincia. Se realizó la pericia contable, con los datos de la media jornada que figura en el recibo de sueldo de la misma...pero la actora solicitó que se conteste un punto de pericia, donde exigían que se presente la liquidación de despido conforme la jornada total de trabajo que denuncian..
como yo niego que trabajara jornada completa ya que es una mentira, quiero saber si puedo impugnar éste punto de pericia habida cuenta de que no es la jornada real de trabajo de la misma, Mi cliente la tiene inscripta correctamente y hay pruebas que apoyan ello, como un acta de ministerio firmada por ella.
Creo que tendría 3 días para impugnarla?
gracias..
 #1044958  por Herno
 
Lo que usted debió hacer es impugnar el punto de pericia, no la respuesta del perito al punto que le solicitan, porque el perito responde lo que le preguntan...
Saludos
 #1044962  por alejandra01
 
gracias..el punto de pericia el perito contable no lo contestó diciendo que no entendía que querían....entonces la letrada de la actora pidió que se realice, y me lo notificaron ayer...por lo cual, redacté algo así como que impugno el punto de pericia porque "no surge de la constancia de los libros ni de cualquier documental aportada por mi parte para la realización de tal pericia, que haya existido despido alguno que amerite tal liquidación, por lo cual los rubros preaviso, indemnización, multas, sueldo anual complementario correpondientes a tales rubros son rubros ideales que no hacen a la prueba en sí, sino que son una mera pretensión de la parte actora, lo cual no puede tomarse como prueba en contra de mi persona en una pericia contable que solo busca determinar el registro y el pago de los haberes de la actora, su categoría y la conformidad de ello con los recibos de sueldo.

Al menos yo entiendo que la prueba debe servir para probar el despido primero, y la registración, los haberes, etc...después vendrá la liquidación..sino sería como prejuzgar..no?
 #1044964  por andresxeneizes
 
la pericia sirve para el calculo de la indemnizacion, despues el hecho de probar si laburaba medio dia o dia completo me parece que eso solo con testigos se demuestra, porque obviamente no vas a tener los libros que digan algo distinto de los recibos de sueldo.

pd: me parece bien el fundamento de la impugnacion
 #1045001  por alejandra01
 
muchas gracias Andrés..!!
ayer me olvidé de decirles que si querían nos juntábamos a ver el partido de Argentina y me leían el escrito para ver si estaba bien hecho.. :mrgreen: ...jaja
igual veo que ya estás arriba de tempranito para ser sábado...esperemos no tener que impugnar éste partido de hoy..
un beso. *flor*
Alejandra
andresxeneizes escribió:la pericia sirve para el calculo de la indemnizacion, despues el hecho de probar si laburaba medio dia o dia completo me parece que eso solo con testigos se demuestra, porque obviamente no vas a tener los libros que digan algo distinto de los recibos de sueldo.

pd: me parece bien el fundamento de la impugnacion
 #1045054  por alejandra01
 
creo que en lo que estoy mal es en el momento oportuno de presentar la impugnación..por lo que leo, debió ser en el momento de recibir la demanda...ahora solo podría impugnar la respuesta del perito, pero éste hizo lo que le ordenaron...
creo que lo voy a hacer igual, la impugnación de la pregunta y de su respuesta..todo junto...y veo que sucede..sino, me queda hacerlo nuevamente en el alegato.
 #1045071  por agentil
 
alejandra01 escribió:creo que en lo que estoy mal es en el momento oportuno de presentar la impugnación..por lo que leo, debió ser en el momento de recibir la demanda...ahora solo podría impugnar la respuesta del perito, pero éste hizo lo que le ordenaron...
creo que lo voy a hacer igual, la impugnación de la pregunta y de su respuesta..todo junto...y veo que sucede..sino, me queda hacerlo nuevamente en el alegato.
Entiendo que lo que deberías poner en el escrito es que el calculo de la liquidación correspondiente se hace por secretaria, y es sin sentido que la haga el perito contador. Y más aún cuando se debe probar la jornada extensa que dice la actora. Ahora...si vos vas por el empleador entiendo que siempre conviene perder mas tiempo así que fijate que te conviene. El hecho de que haga el calculo según los nros de la actora en nada te va a perjudiar si luego no lo prueban.

saludos!!!
 #1045239  por alejandra01
 
gracias Ale..voy por la empleadora..y sí, quiero perder el tiempo...primero deben probar la antigüedad que dicen y la jornada que invocan, luego se verá si les corresponde...
saludos....
agentil escribió:
alejandra01 escribió:creo que en lo que estoy mal es en el momento oportuno de presentar la impugnación..por lo que leo, debió ser en el momento de recibir la demanda...ahora solo podría impugnar la respuesta del perito, pero éste hizo lo que le ordenaron...
creo que lo voy a hacer igual, la impugnación de la pregunta y de su respuesta..todo junto...y veo que sucede..sino, me queda hacerlo nuevamente en el alegato.
Entiendo que lo que deberías poner en el escrito es que el calculo de la liquidación correspondiente se hace por secretaria, y es sin sentido que la haga el perito contador. Y más aún cuando se debe probar la jornada extensa que dice la actora. Ahora...si vos vas por el empleador entiendo que siempre conviene perder mas tiempo así que fijate que te conviene. El hecho de que haga el calculo según los nros de la actora en nada te va a perjudiar si luego no lo prueban.

saludos!!!
 #1045388  por alejandra01
 
gracias a todos...hoy presenté la impugnación y me va a servir para dilatar un poco la causa..
Una pregunta: me ordenarán dar traslado a la contraparte?..se arma un incidente?..como es el tema..?.
gracias.
 #1045879  por alejandra01
 
gracias Ale..igual también impugné la pregunta...no solo la respuesta..
Alejandra Radua escribió:Hola ale.
Van a correrle traslado al perito no a la otra parte, ya que es el perito quien debe contestar la impugnación.
 #1046104  por alejandra01
 
bien. Igual le dieron traslado el perito..creo que la impugnación contra la actora debió hacerse tal cual me lo dijiste, al contestar la demanda..gracias!!

alejandra01 escribió:gracias Ale..igual también impugné la pregunta...no solo la respuesta..
Alejandra Radua escribió:Hola ale.
Van a correrle traslado al perito no a la otra parte, ya que es el perito quien debe contestar la impugnación.
 #1046499  por flux
 
como yo niego que trabajara jornada completa ya que es una mentira, quiero saber si puedo impugnar éste punto de pericia habida cuenta de que no es la jornada real de trabajo de la misma, Mi cliente la tiene inscripta correctamente y hay pruebas que apoyan ello, como un acta de ministerio firmada por ella.
Como poder podias impugnar el punto de pericia en la contestacion de demanda. En caso de que no lo hayas hecho, podrias impugnar la respuesta del perito diciendo que "si bien el perito informa sobre lo peticionado por la parte, dado que lo que la parte peticiona se basa en hechos falsos, impugno la conclusion del experto por estar basada en hechos no ciertos", y asi pasa igual la impugnacion. Le daran quiza traslado al perito, pero mas que decirte que "yo he contestado segun lo que me han preguntado, lo otro queda a interpretacion de VS" no te va a contestar
 #1046549  por alejandra01
 
gracias flux...eso hice..y ordenaron traslado al perito..
debí impugnar la pericia completa en realidad, me dí cuenta leyendo algún fallo, ya que en provincia debía formularse juramento respecto del art 39 ley 11653 ...y la actora no lo hizo. Manifesté eso al contestar demanda, pero no impugné la pericia... accedí ella para mostrar la buena fe de mi cliente.
Pero ese punto lo impugné porque no resulta de ninguna documentación acompañada por mi cliente que deba liquidar una jornada completa..al menos servirá para aplazar un poco más el tema.. y tener una herramienta más en la vista de causa..
gracias a todos..