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  • Plazo de pericia

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 #1045068  por juanlu
 
Hola a todos. Quería consultarles respecto del plazo de presentación de pericia. En un daños por accidente de tránsito, pedí pericia mecánica. El ingeniero que designaron me dijo que él "cita a las partes con 15 días hábiles de anticipación, para evitar nulidades."

Ahora bien, leí en el CPCCN que:

DETERMINACION DE LOS PUNTOS DE PERICIA. PLAZO
Art. 460. - Contestada la vista que correspondiera según el artículo anterior o vencido el plazo para hacerlo, en la audiencia prevista en el artículo 360 el juez designará el perito y fijará los puntos de pericia, pudiendo agregar otros o eliminar los que considere improcedentes o superfluos, y señalará el plazo dentro del cual el perito deberá cumplir su cometido. Si la resolución no fijase dicho plazo se entenderá que es de quince días.

¿Tiene 15 días hábiles para citar a las partes o 15 días hábiles para presentar su dictamen (cumplir su cometido)? Yo interpreto lo segundo, pero no soy perito y aunque busqué una ley de procedimiento de peritos, no la encontré. Y quiero reducir los plazos al máximo porque no quiero dilatar más este proceso. Como siempre espero sus respuestas que me aclaren el panorama, agradeciéndoles por adelantado.
 #1045082  por estudiocurdeles
 
cumplir el cometido entiendo que es hacer todo el trabajo, incluyendo la presentación del informe. el tema es que si le haces un planteo te lo pones en contra. quiza convenga consultarle cuanto tiempo piensa tomarse para presentar la pericia luego de la reunion que indica. si no la presenta lo podes intimar, o quiza hacerle caer la designacion, pero es implica empezar todo de nuevo. sugiero paciencia
 #1045104  por juanlu
 
Gracias estudiocurdeles por tu pronta respuesta. Es verdad lo que decís, pero tampoco quiero que pase el tiempo y me salgan del juzgado con que la pericia es extemporánea. Yo entendí que "cumplir su cometido" es "presentar su dictamen pericial", pero como c/u interpreta el Código como quiere, nunca sabés a qué atenerte. Le hablaré a ver qué piensa hacer y si ese plazo que plantea ya lo utilizó con otros juzgados o es la primera vez que lo hace. Saludos y gracias de nuevo.