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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1045077  por diegro
 
Colegas tengo el siguiente caso. Trabajador sufre un accidente en la fabrica donde trabaja, con productos quimicos, tiene licencia por dos meses y sufre quemaduras en la vista. Segun el, antes del siniestro no tenia inconvenientes con la vista, ahora le cuesta ver tabto de cerca como de lejos. Le dan alta y cuando va al medico de la art, le dicen que el problema de la vista es por la edad, nada tiene que ver el hecho. Que recomiendan? Sacar informe de perito medico privado decretando la incapacidad y meter seclo?
 #1045095  por gamorza2002
 
Obvio, acordate que las demandas por accidente y enfermedad se resumen en un "entro sano, tiene que salir sano", esta en ellos demostrarte que no tienen relación con el trabajo. saludos.
 #1045112  por diegro
 
gamorza2002 escribió:Obvio, acordate que las demandas por accidente y enfermedad se resumen en un "entro sano, tiene que salir sano", esta en ellos demostrarte que no tienen relación con el trabajo. saludos.
Gracias por el aporte colega
 #1045124  por DRA. MACA
 
diegro escribió:Colegas tengo el siguiente caso. Trabajador sufre un accidente en la fabrica donde trabaja, con productos quimicos, tiene licencia por dos meses y sufre quemaduras en la vista. Segun el, antes del siniestro no tenia inconvenientes con la vista, ahora le cuesta ver tabto de cerca como de lejos. Le dan alta y cuando va al medico de la art, le dicen que el problema de la vista es por la edad, nada tiene que ver el hecho. Que recomiendan? Sacar informe de perito medico privado decretando la incapacidad y meter seclo?
Si a todo, mete ya seclo y lo que diga la art usalo de papel sanitario.
 #1045151  por adessoma
 
Diegro: Como primera medida tu cliente debería decirte si en el examen preocupacional ya se le había detectado la disminución en su visión.
De no ser así la ART no debería rechazar la cobertura ni la prestación. Te sugiero que leas el art. 6°, inc. 3 b) de la LRT y la Res. 37/10 de la SRT.
Dicho en otras palabras, si en el examen preocupacional no se le detectó LA DISMINUCIÓN, no hay motivo para negar la cobertura.
Asesorate con un perito médico legista y un psicólogo y abrí el Seclo para el accidente ley especial.
Saludos.
 #1045157  por DRA. MACA
 
NO. Muy pocas veces el cliente "sabe" del examen preocupacional, no mezclemos lo lindo que dicen los libros que debe ocurrir con la práctica.

La ART en un 99% rechaza todo, por eso volvemos, en la práctica es asi.

Que art es?