Estimados colegas: Tengo un cliente en el estudio que sufrió un accidente in itinere. Sufrió rotura de ligamentos cruzados. Lo intervinieron quirúrgicamente. Le dieron el alta sin secuelas. Lo firmamos en disconformidad. Fuimos a la superintendencia, con junta medica de por medio le otorgaron una discapacidad de 3,60 puntos. Alguien sabe decirme si ese porcentaje es el esperable x esa lesión? La ART ya lo llamó para decirle que pase a cobrar la indemnización. Que via nos queda para reclamar alguna diferencia, solo la judicial? Que tiempo tengo para apelarla? Puede cobrar lo que le ofrecen y reclamar la diferencia o aceptarla nos cierra la otra via? Disculpas x tantas dudas y muchas gracias x su tiempo y ayuda...
Cuando un hombre pide justicia es que quiere que le dén la razón. Prats escirtor español.