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 #1045158  por Green
 
Hola Primero que nada les aclaro que no soy abogado, sino que soy quien padece el problema pero quiero tener una perspectiva del asunto.

Mi padre tenía su casa, en la cual vivía. En el fondo de la misma tenia un departamentito chico en el cual le alquilaba a una mujer con su marido (y 2 hijos), al paso de los años el decidió donármela (1985), se escrituro a mi nombre con un usufructo a su nombre hasta el día que se muera. Por cuestiones de la vida yo me distancie de mi padre, pasaron los años y esa mujer con el marido se mudaron a la casa de adelante con mi padre por que era mas grande. Para no ser poco esta mujer con su marido queda viuda (2002/3) y por vaya a saber que tema o que, se casa con mi padre (2005), por el 2009 mi padre muere y en la casa queda la mujer con sus dos hijos (ambos mayores de edad). Por esas cosas de la vida yo necesito mudarme a esa casa, pero me encuentro que esta mujer no quiere irse de la casa. Ella tiene su casa propia muy cerca y además la alquila, ella me dijo que como hace 24 años que vive si quiero que se vaya le tengo q pagar por todos los años (24 años). La Casa esta muy descuidada y yo le dije que como mucho cuentan los últimos 5 que estuvo por que anteriormente el que "elegía con quien vivía era mi papa". Yo le ofrecí ayudarla con todos los costos necesarios para que se pueda mudar a su casa pero me dijo que no se iba a ir y añadió que consulto con un abogado que ella tenia las de ganar si iban a un juicio.

-Aclaro.
No pago ningún impuesto de Arba la casa debe 8.000 pesos y yo inicie la moratoria x 48 cuotas
Creo en el departamentito del fondo en el que vivia ella en un principio vive la cuñada.

Si pueden darme Opiniones, Costos, Recomendar Abogados(Zona LA PLATA)
 #1045213  por estudiocurdeles
 
Si vos recibiste la donacion de la casa y tu papa se reservó el usufructo, lo normal es que cuando se muere tu papa ese usufructo se extinga, por lo que vos te convertis en propietario exclusivo. Habria que ver como esta redactado ese contrato. En principio si esta señora se casó con tu papa lo heredera en lo que el tuviera al momento de morir, pero eso no tiene ningun efecto práctico dado que la casa al momento de morir tu papa ya no era de él sino tuya. Es decir que esta señora, más alla de estar casada no tendria derecho alguno sobre la propiedad. Aunque si viene ocupando podría llegar a invocar la posesion de 20 años para usucapir, pero eso depende de cuanto hace que ocupa el fondo y con qué titulo. vos decis q era inquilina de tu papa, tenes el contrato de alquiler?
 #1045226  por Green
 
Creo que ella le alquilaba de palabra, entre tanto y tanto pasaron 24 años. Yo cuando hable con ella me dijo que sabia que no era la dueña y que el dueño era yo, y ademas agregro que no se quedar quedar con la casa, pero por ahora no se queria ir.
 #1045288  por DrDaniel
 
Es tu casa por lo que contas. Buscate un abogado y desalojala.