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  • Notificación de sentencia a mi cliente

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1044671  por Armando1234
 
Estimados colegas,

Tengo el siguiente tema que no se como resolver:

tengo finalmente sentencia de divorcio, alimentos y tenencia (la primera que hago). Notifiqué la sentencia al domicilio constituido del letrado de la contraparte (yo defiendo a la mujer).
El marido se comprometió a darle a la mujer recibo de sueldo con el pago de los alimentos, de lo cual iba a surgir la base regulatoria para los honorarios míos en cabeza de el. Ahora bien, el señor nunca presentó el recibo.

Preguntas:
1- Se me ocurrió pedir que el marido presente recibo de sueldo , bajo apercibimiento de astreintes, creo que no tengo otra, ¿es correcto?
2- Mi clienta me tiene que abonar honorarios por el divorcio, ¿la tengo que notificar por cédula con transcripción del art. 54 de ley arancelaria?
3- ¿Cómo me pagan honorarios? mi clienta me los puede abonar personalmente, ¿y el demandado?

Mil gracias al que me de una mano!
 #1044735  por NORMA
 
Armando1234 escribió:Estimados colegas,

Tengo el siguiente tema que no se como resolver:

tengo finalmente sentencia de divorcio, alimentos y tenencia (la primera que hago). Notifiqué la sentencia al domicilio constituido del letrado de la contraparte (yo defiendo a la mujer).
El marido se comprometió a darle a la mujer recibo de sueldo con el pago de los alimentos, de lo cual iba a surgir la base regulatoria para los honorarios míos en cabeza de el. Ahora bien, el señor nunca presentó el recibo.

Preguntas:
1- Se me ocurrió pedir que el marido presente recibo de sueldo , bajo apercibimiento de astreintes, creo que no tengo otra, ¿es correcto?
2- Mi clienta me tiene que abonar honorarios por el divorcio, ¿la tengo que notificar por cédula con transcripción del art. 54 de ley arancelaria?
3- ¿Cómo me pagan honorarios? mi clienta me los puede abonar personalmente, ¿y el demandado?

Mil gracias al que me de una mano!
HOLA ARMANDO1234:
1-Si ya notificaste,al domicilio constituido,el auto judicial que dice que la otra parte debe acompañar los recibos de sueldo y quedó firme la notificación SOLICITA a S.S. se libre oficio al empleador de este sr. a los efectos de acompañar copia de los recibos de sueldo (algunos juzgados te solicitan los 3 últimos).-
2-A tu cliente la tenes que notificar mediante cédula al DOMICILIO REAL con transcripción del art.54.También podés hacer un escrito en el cual ella se notifica y le transcribis el art. 54.-
3-Tu cliente que te los pague personalmente y luego lo acreditas en el expte y acompañas todo.Cuando regulen los de alimentos,que serán a cargo del Sr.en la cédula,debajo de tu firma,colocá tu número de teléfono.Entonces él tendrá la posibilidad de llamarte o lo hará por intermedio de su letrado.

SUERTE !!! *flor*
 #1045219  por Armando1234
 
NORMA escribió:
Armando1234 escribió:Estimados colegas,

Tengo el siguiente tema que no se como resolver:

tengo finalmente sentencia de divorcio, alimentos y tenencia (la primera que hago). Notifiqué la sentencia al domicilio constituido del letrado de la contraparte (yo defiendo a la mujer).
El marido se comprometió a darle a la mujer recibo de sueldo con el pago de los alimentos, de lo cual iba a surgir la base regulatoria para los honorarios míos en cabeza de el. Ahora bien, el señor nunca presentó el recibo.

Preguntas:
1- Se me ocurrió pedir que el marido presente recibo de sueldo , bajo apercibimiento de astreintes, creo que no tengo otra, ¿es correcto?
2- Mi clienta me tiene que abonar honorarios por el divorcio, ¿la tengo que notificar por cédula con transcripción del art. 54 de ley arancelaria?
3- ¿Cómo me pagan honorarios? mi clienta me los puede abonar personalmente, ¿y el demandado?

Mil gracias al que me de una mano!
HOLA ARMANDO1234:
1-Si ya notificaste,al domicilio constituido,el auto judicial que dice que la otra parte debe acompañar los recibos de sueldo y quedó firme la notificación SOLICITA a S.S. se libre oficio al empleador de este sr. a los efectos de acompañar copia de los recibos de sueldo (algunos juzgados te solicitan los 3 últimos).-
2-A tu cliente la tenes que notificar mediante cédula al DOMICILIO REAL con transcripción del art.54.También podés hacer un escrito en el cual ella se notifica y le transcribis el art. 54.-
3-Tu cliente que te los pague personalmente y luego lo acreditas en el expte y acompañas todo.Cuando regulen los de alimentos,que serán a cargo del Sr.en la cédula,debajo de tu firma,colocá tu número de teléfono.Entonces él tendrá la posibilidad de llamarte o lo hará por intermedio de su letrado.

SUERTE !!! *flor*
Muchas, pero muchas gracias Norma!

Con respecto al punto 1, solo aclaro que la obligación de presentar recibo de sueldo con el pago de la cuota se estableció en la etapa previa, por lo tanto el demandado está en conocimiento.

Voy a hacer lo que escribiste. Muy agradecido!!
 #1045312  por NORMA
 
ARMANDO,me alegro que lo que escribí te sirva !!! *flor*