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 #104542  por samantas
 
Hola a todos, esta vez les escribo en este foro para hacerle suna consulta (y como yo no laburo de esto, no tengo mucha idea) aclaro que no es cliente, es una amiga... El caso es el siguiente:

El hermano de mi amiga iba manejando con el primo en el asiento del acompañanate y chocaron.... No se hicieron nada grave, pero el primo se hizo algunos cortes pequeños en la cara.... Hasta ahi todo bien, salvo que el padre del primo (o sea, el tio), para sacar unos mangos, les inicio una daños a los padres de mi amiga (a la madre y al hijo, el q manejaba), y al otro conductor...

Ellos son DEMASIADO colgados, tuvieron la mediacion (con las correspondientes compañias de seguro del auto de ellos y del otro con el que chocaron) pero no se llego a acuerdo.... y luego no se presentaron nunca mas en el juzgado, y los declararon en rebeldia....

La pregunta es: Que pueden hacer???? deberia responder la cia de seguro??? y si no responde???? ellos tienen bienes a su nombre....

Encima el tio (bien %$#/!) parece q se asesoro bien y reclama hasta lo que no tiene (de hecho mintio y agrego efectos que el choque no le habia producido al pibe), pero segun el no quiere perjudicar a la familia de mi amiga.... un poco tarde no???

Espero haber sido clara y que con esta poca informacion puedan darme su consejo....

El expte yo no lo pude ver, y no se si van a pedirme autorizacion (y yo no la tengo porq no soy abogada de ellos).... o podre ir a verlo asi nomas????

Gracias!

 #104546  por Sailaw
 
Si citaron en garantìa a la CIA de seguros. es seguro que la misma se presentó y contestó demanda (eso no lo dejan pasar), Si a tu amigo lo declararon en rebeldìa (y está notificado de ello), se debe presentar en autos y pedir el cese de la rebeldía (eso es bueno, porque rigen los efectos previstos en el Código Procesal, leelos).

Si se presentó la Compañia de Seguros, (cosa segura), y no puso nada extraño para evadir su responsabilidad, la misma responde hasta el monto de la franquicia.

El expediente lo puede pedir cualquiera que se presente en la mesa de entrada del Juzgado, a no ser que sea reservado en cuyo caso solo pueden las partes y los letrados de las mismas,

Si es en Capital podes entrar teniendo el juzgado y el Nro del expediente por internet, eso lo sacas de la cedula de traslado de la demanda que seguro tiene tu amigo.