Hola colegas! les pido que me ayuden: mi cliente va a donarle un inmueble a su hijo. Pero para asegurarse de percibir los frutos del inmueble, hasta que fallezca, me preguntó si con un poder de administracion y disposicion del hijo a su favor serviría. El usufructo no le atrae porque no puede seguir apareciendo vinculado al inmueble por deudas. Sirve el poder de administracion y disposicion?? Graciasss

