Colegas tengo una duda. En un edificio hay una portera con vivienda que se jubilò. Continùa trabajando ya que los copropietarios decidieron que siguiera sus labores luego de jubilada. Se hicieron reclamos a la administraciòn pues le liquidan horas extraordinarias y no hace ninguna. Esta mujer ya tiene màs de 70 años y como es lògico no puede realizar las tareas diarias como deberìa. El peso de los años lo muestra en sus labores. No se le puede pedir la misma dedicaciòn de cuando se es más joven. Ahora, hasta que edad cubre el seguro la ART?. Me parece que existe un vacìo legal, ya que por un lado a todos los traajadores cuando cumplen la edad y reunen requisitos los intiman a jubilarse. En el caso de los hombres, corrijanme por favor si estoy equivocada, pueden trabajar como màximo hasta los 70 años. Se que hay una distinciòn respecto de las tareas por cuenta propia. Ahora, si esta mujer desea continuar hasta los 80 legalmente podrà tener cobertura? Gracias.