Buenas colegas, les comento mi caso, el cliente es dueño de un taller de torneria, cuyas maquinas son de su propiedad, y si bien al comienzo trabajaba alli, hace un par de años ya no lo hace y solo interviene ante la consulta de un "empleado" a quien enseño el oficio y luego comenzo a trabajar alli. Este "empleado", conocido por realizar juicios laborales, trabaja de manera independiente, se presenta cuando quiere a trabajar y recibe los trabajos y los cobra, pagandole al dueño del taller un 60% de lo ganado.
Mi cliente es un hijo del dueño del taller, ya que este falleció hace unos dias, y vino a mi preocupado por una eventual demanda de este "empleado" ya que mi cliente quiere cerrar ese taller (y sobre todo sacarse de encima al "empleado").
Asi que apelo a su experiencia (ya que siempre me toco estar defender al trabajador) para desarrollar una estrategia, creo que en el eventual caso de una CD no podria negar que trabajaba alli pero si alegar que lo hacia por su cuenta, y encuadrar la relacion con el dueño como contrato de comodato?
Gracias desde ya por su colaboracion!!
Mi cliente es un hijo del dueño del taller, ya que este falleció hace unos dias, y vino a mi preocupado por una eventual demanda de este "empleado" ya que mi cliente quiere cerrar ese taller (y sobre todo sacarse de encima al "empleado").
Asi que apelo a su experiencia (ya que siempre me toco estar defender al trabajador) para desarrollar una estrategia, creo que en el eventual caso de una CD no podria negar que trabajaba alli pero si alegar que lo hacia por su cuenta, y encuadrar la relacion con el dueño como contrato de comodato?
Gracias desde ya por su colaboracion!!
