Hola a todos. Soy nuevo en el foro y necesito ayuda sobre el siguiente asunto de daños.
Mi cliente colocó un cartel para hacer publicidad en el terreno de su casa, para comercializarlo, ya que su terreno da a una importante ruta nacional, por donde ingresan diariamente cientos de turistas a la ciudad. A los pocos meses de dicha colocación, en el terreno lindero colocaron un cartel de similares características al de mi cliente, pero por delante de éste, lo que consecuentemente obstaculiza, casi por completo la visual del mismo, con el correlato de que mi cliente se ve imposibilitado de comercializar su cartel.
A su vez el que colocó el cartel posteriormente, en la actualidad lo esta alquilando, es decir que todo la clientela se encuentra acaparada por éste, ya que obviamente, al estar tapado el de mi cliente, nadie se lo alquila.
Mi idea es reclamar los daños y perjuicios provocados por el antijurídico accionar del vecino, como así también lograr que se retire el cartel colocado con posterioridad. teniendo en cuanta la máxima "primero en el tiempo, mejor en el derecho"
Pero mi duda básicamente reside en el derecho aplicable a esta cuestión y además no he encontrado precedente jurisprudencial alguno a favor.
Se aplica el art. 2618 CC?
Se aplica el art. 2620 CC?
Se aplica el art. 1071 CC?
Cualquier ayuda que me puedan aportar, les estaré eternamente agradecido. Muchas Gracias.
Mi cliente colocó un cartel para hacer publicidad en el terreno de su casa, para comercializarlo, ya que su terreno da a una importante ruta nacional, por donde ingresan diariamente cientos de turistas a la ciudad. A los pocos meses de dicha colocación, en el terreno lindero colocaron un cartel de similares características al de mi cliente, pero por delante de éste, lo que consecuentemente obstaculiza, casi por completo la visual del mismo, con el correlato de que mi cliente se ve imposibilitado de comercializar su cartel.
A su vez el que colocó el cartel posteriormente, en la actualidad lo esta alquilando, es decir que todo la clientela se encuentra acaparada por éste, ya que obviamente, al estar tapado el de mi cliente, nadie se lo alquila.
Mi idea es reclamar los daños y perjuicios provocados por el antijurídico accionar del vecino, como así también lograr que se retire el cartel colocado con posterioridad. teniendo en cuanta la máxima "primero en el tiempo, mejor en el derecho"
Pero mi duda básicamente reside en el derecho aplicable a esta cuestión y además no he encontrado precedente jurisprudencial alguno a favor.
Se aplica el art. 2618 CC?
Se aplica el art. 2620 CC?
Se aplica el art. 1071 CC?
Cualquier ayuda que me puedan aportar, les estaré eternamente agradecido. Muchas Gracias.
