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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #104703  por fer78
 
Hola a todos. El trabajador ( trabajo en negro) intimo para que le entregaran la libreta de fondo de cese laboral con los aportes efectuados, bajo apercibimiento de reclamar judicialmente multas conforme art. 18 ley 22.250.
La empresa contesto negando relacion laboral.

Mi duda es: ya queda abierta la via judicial no? no necesito enviar ningun telegrama mas.

 #104716  por Sailaw
 
Hermoso juicio!!!!

 #105200  por fer78
 
Jaja! creo que si Sailaw. Pero negada la relacion laboral no tengo que considerarme despedido ni nada. no? eso es lo que yo pienso pero no estoy seguro. Directamente meto la demanda no?

 #105224  por Ishtar
 
fer78 escribió:Jaja! creo que si Sailaw. Pero negada la relacion laboral no tengo que considerarme despedido ni nada. no? eso es lo que yo pienso pero no estoy seguro. Directamente meto la demanda no?
Para haber intimado la entrega de la libreta, previamente se debería haber extinguido el vínculo laboral, ya que no se puede disponer de estos fondos durante la vigencia del contrato de trabajo...
No se había dado por despedido antes o en el mismo telegrama que emplazo la entrega de la libreta???

 #105232  por fer78
 
No no se considero despedido. Estaba trabajando en negro. Verbalmente le dijeron que no vaya mas a trabajar.
Hace 3 meses intimo por la libreta de aportes.

 #105233  por fer78
 
es decir el trabajador intimo cuando ya no trabajaba mas.

 #105663  por Ishtar
 
fer78 escribió:es decir el trabajador intimo cuando ya no trabajaba mas.
Hola, y como hizo el telegrama de intimación??podrías transcribir el texto, que razones dio para emplazar la entrega de la libreta?

 #105691  por klaudia7
 
Hola y agrego a lo que pregunta Ishtar, donde tramita capital o provincia?

 #106290  por fer78
 
klaudia7 escribió:Hola y agrego a lo que pregunta Ishtar, donde tramita capital o provincia?
Va a tramitar en provincia de bs as.
El texto dice:

Intimo plazo 48 hs. me entregue libreta de fondo de cese laboral con aportes efectuados y acreditados, bajo apercibimiento de reclamar ludicialmente conforme art. 18 Ley 22.250

 #106330  por Ishtar
 
fer78 escribió:
klaudia7 escribió:Hola y agrego a lo que pregunta Ishtar, donde tramita capital o provincia?
Va a tramitar en provincia de bs as.
El texto dice:

Intimo plazo 48 hs. me entregue libreta de fondo de cese laboral con aportes efectuados y acreditados, bajo apercibimiento de reclamar ludicialmente conforme art. 18 Ley 22.250
en mi opinión te estaría faltando todo el tema del despido...
Si decis que lo despidieron verbalmente, debio haber emplazado a fin de que le aclaren situacion laboral, seguramente en ese momento le abrian negado relación laboral...se tendria que haberse dado por despedido y recien ahi emplazado por la libreta....
No se siguieron estos pasos...

Si fuera un caso mio iria a sede administrativa y trataría de enderezar el tema...por ese medio...

 #106447  por klaudia7
 
Fer, en algún momento te contestaron algún TCL? Te están faltando cosas importantes como muy bien te aclara Ishtar.
Tené presente que el 1º TCL es muy importante dentro del intercambio epistolar y por lo que vos comentas no se dió por despedido, osea intimo una vez y nunca más?

 #107871  por fer78
 
klaudia7 escribió:Fer, en algún momento te contestaron algún TCL? Te están faltando cosas importantes como muy bien te aclara Ishtar.
Tené presente que el 1º TCL es muy importante dentro del intercambio epistolar y por lo que vos comentas no se dió por despedido, osea intimo una vez y nunca más?
Cuando el empleador le dice que no vaya mas, se intimo por la libreta de fondo de cese laboral. A lo cual la empresa contestó negando la relacion laboral y normativa aplicable. En este caso, como es regimen de la construccion, no hay indemnizaciones, por eso solo reclamo las multas de la ley 22250 y el art. 15 por estar en negro.
estoy equivocado? en caso de estar equivocado como podria subsanarlo? todavia no ingrese la demanda.

 #107873  por fer78
 
art. 15 ley 24013.

 #108245  por fer78
 
??

 #108613  por MORGAN
 
Fer tiene razón Isthar para solicitar el fondo de cese laboral tiene que estar extinguido el contrato. De que art. 15 hablás? de la 24013? si no intimaste por la regularización -art. 11 ley 24013-, estás errado, no camina.