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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1047127  por lex30
 
HOLA: Les cuento:
Se trata de un sr. que me viene a ver para hacer la jubilacion y ya habia hecho el reconocimiento ante anses, tiene reconocido 29 años dentro de los cuales 4 o 5 son de monotributo y autonomo y presento el sicam para hacer el reconocimiento, hast ahi todo bien, el tema es que hace 2 años esta aportando otra vez como monotributista, los cuales debo agregar al sicam para hacerle la jubi.
Le tengo que dar de baja al sicam que ya tenia y agregar este periodo, mi pregunta es si al tenerlo ya reconocido esta bien que le de de baja?
Ademas veo que tiene otros planes cancelados, cuando entro al sicam me figura:
Impuesto 116: plan cancelado
Impuesto 374: plan cancelado.
Esto influye en algo?
Muchas gracias.
 #1047128  por lola442
 
Lo que tenes que hacer es un SICAM parcial con lo que hay despues del reconocimiento fijate que en datos para la liquidación tenés la manera de hacerlo.- Pones las fechas de lo que querés liquidar, desde hasta y listo.-
Así ANSES ya tiene lo que esta reconocido y vos presentás un SICAM por lo posterior.-
 #1048637  por lex30
 
gracias.
Te cuento que fui a la afip porque no encontre la opcion en donde me dijiste y me dijeron que no puedo hacer un sicam parcial porque ya tiene uno enviado y me impide poner alguna ley.
y en anses me dicen que no le puedo dar de baja porque esta reconocido.
Tenes idea que puedo hacer?
 #1048656  por alejandra01
 
estos son los problemas que trae pedir un reconocimiento de servicios de sicam, por eso nunca lo aconsejé..Deberían liberarte el sicam para que, sin tocar nada más, pongás JUBILACION, la ley a la que vas a suscribirte y el período nuevo que querés agregar..Ojo que no es una baja creo, te lo tienen que desbloquear para liquidar otro para jubilación. aclarale eso al empleado de anses. yo lo hice y liquidé sin problemas.
con eso lo pagado ya te saldrá sin deuda y solo tendrás que ocuparte de liberar la deuda de lo incorporado.
 #1048676  por ecar
 
alejandra01 escribió:estos son los problemas que trae pedir un reconocimiento de servicios de sicam, por eso nunca lo aconsejé..Deberían liberarte el sicam para que, sin tocar nada más, pongás JUBILACION, la ley a la que vas a suscribirte y el período nuevo que querés agregar..Ojo que no es una baja creo, te lo tienen que desbloquear para liquidar otro para jubilación. aclarale eso al empleado de anses. yo lo hice y liquidé sin problemas.
con eso lo pagado ya te saldrá sin deuda y solo tendrás que ocuparte de liberar la deuda de lo incorporado.
hola, bueno días. no comparto que trae problemas solicitar reconocimiento de servicios por sicam. lo que hay que evaluar es la conveniencia o no, de solicitarlo. te comento que en el año 2009, solicite reco de servicios autónomos y sdm, por sicam, que están reconocidos ( hoy seria casi imposible reconocer servicios de sdm ). el mes próximo reúne los requistos para la pbu, asi que solicite desbloqueo del sicam, y hago una deuda parcial por el periodo posterior a lo reconocido, y respetando la situación de revista declarada en el reco. saludos.
 #1081847  por sandrao
 
Les hago una consulta porque tengo un caso parecido, reconocimiento de servicios autónomos hasta el año 1987 que cuando lo cargo en la situación de revista me parece el cartel rosa, esos períodos reconocidos tienen deuda, les puedo aplicar ley 25321 a períodos con deuda del reconocimiento de servicios?
Después del reco tiene más aportes autónomos, tengo que hacer una liquidación parcial de ese período?
Aclaro que no necesito autónomos porque tiene 42 años de relación de dependencia. Lo hago por ley 24241?
Gracias