El Código Procesal civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires exige la firma de los interesados en el artículo e inciso que estás mencionando. Eso te están pidiendo, digo esto porque no aclarás la jurisdicción. Los plazos están en el mismo Código.
"La paciencia es la fortaleza del débil y la debilidad del fuerte" Proberbio.