BUenas, colegas.
Les comento: mi cliente (empleado de construcción) se ha enfermado de hernia lumbar en ocasión del trabajo. Entraría la nueva ley. Ahora bien, por lo que leí en el decreto 49/14, en el que se incluye la hernia como enfermedad profesional, se exige que el trabajador enfermo haya realizado las tareas que produjeron la enfermedad por, al menos TRES AÑOS.
Mi cliente laboró menos de ese tiempo. Alguien tiene una idea cómo superar ese escollo legal, el cual es, a mi entender, una aberración?
Saludos.
Les comento: mi cliente (empleado de construcción) se ha enfermado de hernia lumbar en ocasión del trabajo. Entraría la nueva ley. Ahora bien, por lo que leí en el decreto 49/14, en el que se incluye la hernia como enfermedad profesional, se exige que el trabajador enfermo haya realizado las tareas que produjeron la enfermedad por, al menos TRES AÑOS.
Mi cliente laboró menos de ese tiempo. Alguien tiene una idea cómo superar ese escollo legal, el cual es, a mi entender, una aberración?
Saludos.
Viaje al fin de la noche... Louis Ferdinand Céline.-