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 #1047337  por rovalant29
 
Hola foristas, soy de Córdoba y me llego el siguiente caso: Fallece un señor, y quedan vivos, la esposa y 3 hijos. Uno de los hijos firmo pagarés que no pago por lo que el acreedor abre la declaratoria de herederos, pero incluyen solo al demandado y a la esposa del causante. El acreedor sabia de la existencia de los demas herederos ya que trato personalmente con ellos en varias oportunidades. Ya se hizo inventario , avalúo, partición y adjudicación y el acreedor pidio la subasta de los 2 inmuebles pero todavia no le dieron lugar ya que el demandado contrato una abogada que dijo que las cedulas estaban mal diligenciadas porque la numeración del domicilio no es la correcta... El juzgado le hizo lugar a este incidente , el otro contesto y asi fue pasando el tiempo.
A mi me vino a ver uno de los herederos omitidos.
Mi duda es si, la demanda se presenta en el mismo expediente o tengo que iniciar un ordinario.
Y sería demanda de.......... Que título debe llevar esa demanda? " de impugnación de herencia" " demanda ampliación de declaratoria" etc...
Agradezco desde ya la ayuda que me puedan brindar
 #1047339  por abogado1987
 
rovalant29 escribió:Hola foristas, soy de Córdoba y me llego el siguiente caso: Fallece un señor, y quedan vivos, la esposa y 3 hijos. Uno de los hijos firmo pagarés que no pago por lo que el acreedor abre la declaratoria de herederos, pero incluyen solo al demandado y a la esposa del causante. El acreedor sabia de la existencia de los demas herederos ya que trato personalmente con ellos en varias oportunidades. Ya se hizo inventario , avalúo, partición y adjudicación y el acreedor pidio la subasta de los 2 inmuebles pero todavia no le dieron lugar ya que el demandado contrato una abogada que dijo que las cedulas estaban mal diligenciadas porque la numeración del domicilio no es la correcta... El juzgado le hizo lugar a este incidente , el otro contesto y asi fue pasando el tiempo.
A mi me vino a ver uno de los herederos omitidos.
Mi duda es si, la demanda se presenta en el mismo expediente o tengo que iniciar un ordinario.
Y sería demanda de.......... Que título debe llevar esa demanda? " de impugnación de herencia" " demanda ampliación de declaratoria" etc...
Agradezco desde ya la ayuda que me puedan brindar

AMPLIACION DE LA DECLARATORIA
Art. 703. - La declaratoria de herederos podrá ser ampliada por el juez en cualquier estado del proceso, a petición de parte legítima, si correspondiere.
CPCCN


ARTÍCULO 738°: Ampliación de la declaratoria. La declaratoria de herederos podrá ser ampliada por el juez en cualquier estado del proceso, a petición de parte legítima, si correspondiere.
CPCCBA
 #1047342  por rovalant29
 
Gracias
 #1047679  por abogado1987
 
rovalant29 escribió:Gracias
de nada, suerte