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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1047467  por Junior77
 
Buenas tardes a todos!!!!!!Disculpen que los moleste en plena Feria, pero tengo algunas dudas.
Un profesor de Gimnasia le facturaba a un gimnasio de barrio, por su labor 2 veces por semana 2 horas, durante los últimos 3 años.
La dueña del Gimnasio no quiere que este siga laborando allí por problemas personales. Se le deben $ 2300.-
De que manera se puede evitar que este Sr. reclame a posteriori, es decir, cuando se le abone lo adeudado y se le comuniquen que no venga más ?
Entiendo que un acuerdo conforme art 241 LCT, haría bastante agua en los Tribunales, teniendo en cuenta lo alejado de las leyes laborales de esta práctica. Alguien me puede orientar? Gracias
 #1047496  por DraSolcito
 
A través del Seclo/Ministerio de Trabajo según la jurisdicción podrías instrumentar un acuerdo (omitiendo, claro está, toda mención a este temita de la locación de servicios) que una vez homologado y abonadas las sumas a las que se compromete el empleador "nada más tendrá que reclamar". Quizás sea una buena salida, claro que además de lo que estrictamente le deben, van a tener que pagarle una suma que se acerque a la indemnización por antigüedad (aunque por la cantidad de horas que tenía no creo que sea mucho).
 #1047552  por Junior77
 
Muy agradecido por la respuesta. Ahora te parece que en un Tribunal homologarían dicho acuerdo, teniendo como base la irregularidad de la relación? O con sólo hacer mención a la relación laboral, a lo que percibía, sin dar mas detalles, prevalece el acuerdo de partes, siempre y cuando sea justo lo convenido?
 #1047760  por DraSolcito
 
Depende del criterio de la jurisdicción, de cómo hagas la presentación y el monto del acuerdo.

Yo no diría "estaba en negro", trataría de evitar esa parte, si pasa, pasa.
 #1047776  por elnegociador
 
en el ministerio de provincia no te lo van a homologar , si te convendría conseguir un acuerdo con el otra parte y realizar el acuerdo en seclo , obviamente necesitas un domicilio en capital , si la otra parte esta de acuerdo con la liquidación no creo que tengas problemas :mrgreen: éxitos