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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1048010  por robergto
 
¡Hola Gente del Foro!
Quisiera preguntar respecto de una renuncia. El trabajador envió la renuncia ¿Qué sucede a continuación para el empleador?
¿Qué posibilidades tiene el trabajador de "hacer algo" después? Vieron que siempre piensan eso los empleadores.-
¿Con la liquidación final ya queda cubierto de pagar todo lo que corresponde?
¿Certificado de aportes y servicios? ¿Qué y cómo se hace?
¿Hace falta que pase por seclo para algo? Porque un conocido le dijo que "aunque te renuncie tenés que pasar por el ministerio" o algo así. ¿Se refiere a otra cosa?
Según mi entender, con la renuncia ya queda disuelto el vínculo, y con la liquidación final -salario + SAC proporcional + Vacaciones proporcionales(1 día cada 20 porque todavía no pasó los 6 meses) ya estaría cubierto. Si el laburante le firma la liquidación final ¿Para qué va ir a seclo?

Muchas Gracias, sus respuestas son enteramente valoradas.-

*cafe*
 #1048011  por reyleon
 
Si el empleado renunció no hace falta seclo. Que le pague la liquidación final por el medio habitual de pago (es decir, si depositaba la guita que lo haga ahora también).

El certificado de aportes y servicios es obligación entregarlo en la medida en que el empleado lo solicite, y si lo solicita deberá entregarse de inmediato, o algo así dice la LCT. Si lo confecciona, que le saque una fotocopia y que al entregarlo el empleado le firme la fotocopia.

Saludos... G.
 #1048588  por robergto
 
Eh, qué buena onda, gracias por la respuesta #reyleon#
Muy bueno lo de la fotocopia del certificado, no lo sabía.-

¡Salute!