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 #1047763  por rechpablo
 
Hola a todos tengo la siguiente duda en un juicio civil: mi parte ofreció prueba pericial, la otra parte dijo que no tenia interés en la pericia. Se produce la prueba y el perito presenta el dictamen, el juez en el proveído dice “desde vista a las partes. Notifíquese.” El perito casi seguro no va hacer las cedulas. Entonces: 1- me notifico y consiento la pericia (la pericia salio bien) 2- hago la cedula para la otra parte? Y que pasa con las copias de la pericia? gracias
 #1047863  por enzo fernando costa
 
Te digo lo que me parece usando la lógica, ya que desde la notificación electrónica y demás cambios improvisados el tema procesal empieza a parecerse a un acertijo similar al de la administración pública. El proveído da vista a las partes del informe pericial; ergo, ellas pueden tomar vista en el expediente, que para eso está en soporte papel y en letra. Obviamente, conviene que confecciones la cédula para la contraria, y te notifiques en el expediente, sin agregar ningún comentario: si no observas posteriormente en término ni pides explicaciones y/o ampliaciones, es porque tácitamente dejas que quede consentido.
 #1047864  por DRA. MACA
 
Si a todo lo que bien dice el colega, no obstante que me ha pasado tambien de que por parte del juzgado notifican electrónicamente a los peritos, estos deben aceptar el cargo, pero POR LAS DUDAS, hay que mandarle cédula, o, llamarlos por teléfono, pero por mas que te quedes satisfecho, enviá cédula, particularmente no me gusta nada este sistema de notificación, sólo crea confusión y por ahora hace perder el tiempo porque tenemos que hacer el doble de trabajo, llamar y perseguirlos si van a aceptar o no, por no quedarnos ni tranquilos ni conformes con el juzgado, en definitiva una nueva complicación para nuestra ya pisoteada profesión.
 #1047869  por rechpablo
 
Muchas gracias por contestar, voy a pesentar un escrito notificandome personalmente de la pericia y llevo la cedula notificando a la otra parte. El perito debio haber acompañado 2 juegos de copia de la pericia, pido las copias en mesa de entrada y agrego una a la cedula??
 #1048072  por enzo fernando costa
 
Y, sí...Que el perito deje una copia para cada parte es lo que siempre entendí como procedente (y lo que hacía personalmente cuando estaba insaculado). Así que adjuntar esa copia (que espero esté) a la cédula que vos confeccionarás entiendo que es lo adecuado.