Buenas, a mi cliente en relación de dependencia le pagan alrededor del 10 de cada mes y aún no le han pagado el sueldo anual complementario.
Es decir, el aguinaldo que debió pagarse el 30/06 (el cc no especifica nada sobre aguinaldo, así que se aplica la lct) ya pasaron 30 días corridos y aún no le dieron ni una parte, además todos los meses se atrasan hasta una semana en el pago del salario.
Puede mi cliente considerarse despedida por ello? Debería mandar una carta documento intimando a pagar y dando un plazo o puedo mandar directamente la carta documento diciendo que se da por despedida?
Estoy empezando y tengo algunas dudas básica, sepan disculpar, gracias!
Es decir, el aguinaldo que debió pagarse el 30/06 (el cc no especifica nada sobre aguinaldo, así que se aplica la lct) ya pasaron 30 días corridos y aún no le dieron ni una parte, además todos los meses se atrasan hasta una semana en el pago del salario.
Puede mi cliente considerarse despedida por ello? Debería mandar una carta documento intimando a pagar y dando un plazo o puedo mandar directamente la carta documento diciendo que se da por despedida?
Estoy empezando y tengo algunas dudas básica, sepan disculpar, gracias!