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  • Demanda por cobro liquidacion final y cert. art. 80

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 #1048386  por Vicflo
 
Buenas tardes,

Alguien me podría facilitar algún modelo de demanda por cobro de liquidación final y art. 80 (renuncia del trabajador), el SECLO ya lo cerramos sin acuerdo.- se puede reclamar daño moral?

Gracias por su aporte.

Saludos.
 #1048524  por flux
 
Alguien me podría facilitar algún modelo de demanda por cobro de liquidación final y art. 80 (renuncia del trabajador)
Es igual a una demanda x despido normal donde en la liquidacion solamente detallas el articulo 80 y los rubros de la liquidacion final

Fijate si, que los telegramas este muy bien hechos y respetados los plazos para el pedido de entrega de certificados de trabajo aportes y servicios, o sino te te cae el rubro
se puede reclamar daño moral?
Si, no, no se

Cual seria el hecho y porque motivo lo queres reclamar en sede laboral seria la pregunta que tenes que formularte antes de meter este rubro

Si no hay hecho dañoso y daño causado, no hay daño moral. Y aun habiendo todo eso tiene que ser algo derivado del hecho del trabajo o sino te lo rebotan diciendote que tenes que ir a un juzgado civil a plantear eso, que en lo laboral eso no se trata
 #1048581  por Vicflo
 
Hola! Muchas gracias por tu respuesta!

Aunque renuncio la trabajadora te parece utilizar el modelo de despido indirecto?

daño moral lo fundamentaria por la negativa a otorgarle la liquidacion final y el certificado debido al caracter alimentario del salario, obligarla a iniciar accciones legales por el cobro, etc, etc, etc... ya pasaron 5 meses.

que opinan?
gracias desde ya!

saludos! *flor*
 #1048633  por andresxeneizes
 
coincido con flux, daño moral te lo van a rechazar, por el tema de la demora en el pago para eso estan los intereses y ademas nada le impedia al trabajador iniciar la demanda o seclo al dia siguiente de que vencio el plazo para que le abonen la liquidacion final
 #1048640  por fedebal
 
gente, yo tengo un caso simlar por el tema del daño moral.

mi clienta se considero despedida por despido indirecto, porque se tomo una licencia medica que se extendio en el tiempo por 2 meses, y nunca le quisieron recibir los certificados medicos, por ende, luego de intimar y no recibir respuesta, se considero despedida.

el problema es que durante el tiempo de la licencia, nunca le pagaron el sueldo...le pagaban solo un porcentaje minimo del sueldo (el 10%) y el resto decian que se lo descontaban por inasistencia injustificada (debe ser la unica emporesa en la que el trabajador se ausenta 2 meses y no lo despiden....en cualuier lugar te ausentas 3 semanas y ya tenes problemas para volver a entrar)....en fin, como le pagaban una infima parte del sueldo, los ultimos meses no cobro nada, por ende los aportes tambien eran los minimos, y por ende, cuando ya despedida quiso tramitar el seguro de desempleo, ANSES le sijo que no le podia pagar porque los ultimos meses no se aporto lo que correspondia.

asi que, dentro de lo que es la demanda laboral por despido injustificado, quiero agregar el daño producido por la empresa por no pagar los aportes como corresponde en tiempo de licencia, causandole un daño al no poder cobrar el seguro de desempleo.

lo ven viable?....
 #1048642  por adessoma
 
Adhiero: daño moral te lo van a rechazar porque queda en cabeza de tu cliente (ojo con el art. 377 del CPP -155 LO-), acreditar que el daño que padece fue a causa de la falta de pago en término de la liquidación.
Por otro lado, si tu cliente dejó pasar cinco meses es algo que te juega en contra. Tené en cuenta que además de las multas de la ley 25323 ahora tenés la nueva tasa de interés del acta 2600 de la CNAT. También podés incrementar la liquidación con la multa del art. 9° de la ley 25013 (uno de los pocos artículos de esa ley que aún sigue vigente y que pocos piden).
Intimaste en los términos del art. 3°del dec. 146/01?
Yo no me la jugaría pidiendo daño moral; probablemente terminen condenando en costas a tu cliente. Mandalo rápido a que te haga el poder en la CNAT y meté el Seclo.
Saludos.
 #1048687  por flux
 
Vicflo escribió:Aunque renuncio la trabajadora te parece utilizar el modelo de despido indirecto? daño moral lo fundamentaria por la negativa a otorgarle la liquidacion final y el certificado debido al caracter alimentario del salario, obligarla a iniciar accciones legales por el cobro, etc, etc, etc... ya pasaron 5 meses.
El modelo de despido indirecto esta bien, lo unico que pones es que hubo renuncia y que queres la liquidacion final y multa del 80 mas astreintes hasta su entrega

Lo del daño moral, la verdad diria que no lo metas, casi seguro te lo rechazan y con costas, y aparte, para meterlo tenes que pedir pericia psicologica o sino no es creible que hay daño moral, pero si metes esa pericia perdes como 3 a 6 meses mas de juicio y despues encima te regulan menos porque el total no puede superar el 25% de regulacion por honorarios de letrados mas peritos
fedebal escribió:por ende los aportes tambien eran los minimos, y por ende, cuando ya despedida quiso tramitar el seguro de desempleo, ANSES le sijo que no le podia pagar porque los ultimos meses no se aporto lo que correspondia.

lo ven viable?....
No, solamente reclamaria que, por la falta de aportes que genero la imposibilidad de cobrar el seguro de desempleo, queres que el empleador te abone el monto que te hubiera correspondido por el seguro de desempleo

Pero para que te lo den necesitas una negativa escrita del ANSES a abonartelo y no la mera explicacion de palabra del ANSES que "tu empleador no aporto, no te podemos pagar" porque sino te contestaria el empleador que vos no hiciste el tramite porque no tenes pruebas de haber recibido un rechazo del ANSES. Osea, tu cliente tiene que ir al ANSES a romperlo todo pidiendo que le den la negativa por escrito amenazando conque los va a filmar negandose y los va a citar en el juicio, etc..., porque el ANSES se hace el sota para darte algo por escrito
 #1048717  por Vicflo
 
Mil gracias FLUX!!
gRACIAS COLEGAS NO LO VOY A RECLAMAR ENTONCES, TIENEN TODA LA RAZON!!

ADESSOMA: MI CLIENTA RENUNCIO EN ENERO, LE NEGARON EL PAGO, LE PAGARON UNA PARTE, NO LE DIERON EL CERTIFICADO.LOS INTIMO POR CD Y NADA, AHI TOMO EL CASO. SEGUN MI CLIENTA A TODOS LOS EX EMPLEADOS LE HACIAN LO MISMO.
INTIME SI EN LOS TERMINOS DEL DECRETO, EL PAGO Y EL CERTIFICADO.
EN EL SECLO EL ABOGADO DEL EMPLEADOR ME DA UNA LIQUIDACION CON UN MONTO UN POCO MAYOR DEL SALARIO REAL( COMO ESTRATEGIA), OBVIO NO ACEPTA LA MULTA DEL CERTIFICADO.NO ACORDAMOS.
AQUI ESTOY.UNA LASTIMA QUE NO HUBIESEN PROPUESTO ALGO MAS Y LA ACTITUD TAN DE M DEL ABOGADO Y LA CONCILIADORA (SI SE PUEDE LLAMAR ASI)...SOBERVIOS Y EN CONNIVENCIA...PORQUE EL MONTO TOTAL DEL JUICIO ES POCO.TENGO TESTIGOS Y QUEDA COMO DICE ANDRESXENE LA AUDIENCIA PARA CONCILIAR.

SI TIENEN ALGUN COMENTARIO MAS, MUY BIEN RECIBIDO Y MUCHAS GRACIAS!!! *flor*
 #1049042  por flux
 
Ojo, el caso tuyo es distinto al del empleado en negro que no tuvo fondo de desempleo por estar en negro. Ahi es mas facil pedir la suma equivalente, porque oficias a ANSES pidiendo que diga cuanto hubiera correspondido de fondo de desempleo de haber estado en blanco y ya el juez presume que es por la falta de registracion que no pudo percibirlo. Pero en tu caso, estando en blanco pero no teniendo aportes se genera la duda de si fue a hacer el tramite o no, y en caso de que si, cual fue el motivo del rebote que pueda ser imputado al empleador.