Estimados: les consulto valores actuales de tasa y sobre tasa para divorcio 214 inc 2 (controvertido) sin liquidar sociedad conyugal. gracias.
Para la Provincia de Buenos Aires, la ley 14.553, establece: Art. 82. En las actuaciones judiciales que a continuación se indican deberán tributarse las siguientes tasas:
c) Divorcio: 1) Cuando no hubiere patrimonio, o no se procediere a su disolución judicial, se tributará una tasa fija de ciento veinte pesos..".
Y, sobre ella, el 10 % de sobre tasa.
