Estimados colegas, en primer lugar pido disculpas por mi pregunta, pero realmente tengo dudas en cuanto a si los alimentos se deben pasar hasta los 18 o 21 años? Mitad de colegas dicen que es solo hasta los 18 y otros que si acredita el hijo que estudia o que no puede proveerselos es hasta los 21. Que hay de cierto en eso? O puede no hacer nada y tranquilamente reclamarlo hasta los 21??? Me crea muchas dudas la ley 26.579 en su ARTICULO 3º que transcribo:
‘La obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en artículo 267, se extiende hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo.’
Perdon si mi pregunta es desubicada. Agradezco mucho sus respuestas
‘La obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en artículo 267, se extiende hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo.’
Perdon si mi pregunta es desubicada. Agradezco mucho sus respuestas