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  • Duda sobre inscripción de Inmueble y Tracto abreviado

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 #1048963  por dalecalamar
 
Hola Amigos tengo una sucesión iniciada en Pcia de Bs As, con la declaratoria de herederos y ya se ordenó la inscripción de un bien mueble, ( un auto a su respectivo registro) ahora resta un Inmueble , que mis clientes , quieren venderlo por tracto abreviado, el Juzgado me ordenó que para la inscripción : presente el certificado de dominio del inmueble, Certificado de Inhibición del causante y el Formulario de declaración Jurada Patrimonial para el pago de la tasa y la valuación fiscal Todo eso ya lo hice y lo tengo ( tiene todo Vencimiento de tres meses) . yo pregunto: Si mis clientes quieren vender, es necesario la inscripción del inmueble en el registro, dado que existe un comprador de ese inmueble, para que inscribirlo ahora si después lo deben inscribir los nuevos compradores.? Gracias.
 #1048965  por palo2006
 
No, estas confundido. Vos debes presentar los informes y la tasa de justicia para que ordenen la inscripción. Una vez que la ordenan presentás un escrito diciendo que lo efectuarán por tracto abreviado. El tema es que la inscripción no deberías haberla solicitado hasta tanto se vendiera el inmueble, porque ahora te vencerá todo y seguramente para cuando se venda deberás actualizar los informes. Saludos
 #1048966  por Doctomasito
 
dalecalamar escribió: Si mis clientes quieren vender, es necesario la inscripción del inmueble en el registro, dado que existe un comprador de ese inmueble, para que inscribirlo ahora si después lo deben inscribir los nuevos compradores.?
. No. Precisamente, de eso se trata el tracto abreviado,es decir, que el inmueble pase directamente de la titularidad del causante a la de los compradores, sin estar inscripto nunca a nombre de los herederos. Pero la venta por tracto NO exime de cumplir con todos los requisitos necesarios para la inscripción ( vos enumeraste 4, suelen ser 8 , después te digo los que te faltan ). Dónde tramita ?
 #1048967  por Doctomasito
 
palo2006 escribió: Vos debes presentar los informes y la tasa de justicia para que ordenen la inscripción. Una vez que la ordenan presentás un escrito diciendo que lo efectuarán por tracto abreviado. El tema es que la inscripción no deberías haberla solicitado hasta tanto se vendiera el inmueble, porque ahora te vencerá todo y seguramente para cuando se venda deberás actualizar los informes.
. TALCUALÍSIMO !!! :P
 #1048982  por dalecalamar
 
Gracias a doctomasito y palo2006, gracias por los consejos, Nunca había hecho una sucesión , en cuanto adonde tramita es en S Martín, el tema es que parece que el vendedor esta por concretar en este mes, con lo cual llegaría justo por los temas del vencimiento, ahora bien, el lunes urgente presentaré el escrito que diga: algo así "Acompaña presenta la conformidad de los herederos , acompaña todo lo que les comenté certificados denunciar las porciones etc etc .- Ahora bien, según tengo entendido, deberé denunciar el escribano que intervendrá en lo que " sería" la futura venta su tomo folio domicilio etc , asimismo solicitaré la regulación de honorarios para luego acompañar los aportes correspondientes , bueno eso ya lo hice con otro bien , porque como les dije ya les inscribí un automotor, Nuevamente Gracias .-
 #1049358  por palo2006
 
Primero acompañá todo y solicitá reg honorarios. Una vez que te autorizan la inscripción y acreditaste que te abonaron honorarios, déjalo así ya que ya no te corre plazo para inscribir y cuando lo vendes ahí pedís que sea por tracto y denuncias al escribano. También solicitá prestamos del expediente, ya que el Escri te lo va a pedir