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  • art. 3585

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 #1049216  por carlos2940
 
REPITO PREGUNTA
necesito jurisprudencia argentina sobre distribucion de herencia de tio soltero sin padres ni hermanos,A SOBRINOS distribucion de herencia por cabeza carlos2940
Miembro

Mensajes: 1
Registrado: Lun, 04 Ago 2014, 20:51
Mensaje privado
 #1049289  por legalescom
 
No necesitás jurisprudencia, para distribuir una herencia, en los términos del Art. 3585. "No habiendo descendientes ni ascendientes ni viudo o viuda, heredarán al difunto sus parientes colaterales más próximos hasta el cuarto grado inclusive, salvo el derecho de representación para concurrir los sobrinos con sus tíos. Los iguales en grado heredarán por partes iguales.
La última parte del artículo, que subrayo, te lo dice bien clarito
 #1049306  por Boga32
 
Estimado,
La jurisprudencia es una fuente del derecho al igual que la ley.
Si el Art. 3585 del Código Civil (que es Ley vigente) lo dice bien claro y textual, el magistrado interviniente no tendrá dudas en aplicarlo, más solo enfatizará en la acreditación del vínculo para su caso en particular.
Saludos.-