Les consulto por un caso de nulidad de una selección docente en una universidad nacional:
* La misma se llevó a cabo constatándose en el acta de dictamen errores de forma, vicios de procedimiento y arbitrariedad manifiesta. Amparado en el derecho a revisión inherente a todo acto administrativo que otorga la Ley Nº 19.549, solicité a las autoridades del DEPARTAMENTO interviniente la correspondiente reconsideración de dictamen, en virtud del conjunto de errores de forma y vicios de procedimiento evidenciados en él. El mismo fue reclamado en varias oportunidades y rechazado sin fundamentación alguna por la JUNTA DEPARTAMENTAL, sin que mediara notificación fehaciente hacia mi persona.
* Conforme lo exige la Ley y, entendiendo que el acto administrativo si bien había emanado de autoridad competente no se fundaba en las normas reglamentarias que le sirvieron de causa, interpuse ante el DECANO de la FACULTAD el pedido de nulidad de todo lo actuado por la comisión evaluadora y de impugnación de dictamen en carácter subsidiario por errores de forma y vicios de procedimiento, a fin de que fuera tratado por el CONSEJO DIRECTIVO, previo a la designación como ayudantes de quienes ocupaban los primeros puestos en el acta final de dictamen. El mismo fue reclamado en varias oportunidades pero retenido por el DEPARTAMENTO y agregado al pedido de reconsideración.
* No obstante lo anterior, se elevó el pedido de designación basado en un dictamen nulo y... fue aprobado por el CONSEJO DIRECTIVO, sin resolver ni el recurso de reconsideración ni el de nulidad presentados oportunamente.
* En virtud del tiempo transcurrido y la falta de respuesta, denuncié que se había producido la denegatoria por silencio y solicité a la autoridad competente que arbitrara los medios para que se girara el pedido de nulidad al CONSEJO DIRECTIVO para su tratamiento. Asimismo, solicité que se dejara sin efecto la designación de ayudantes para quienes ocupaban los primeros lugares en el orden de méritos.
* Luego, recibí comunicación del DEPARTAMENTO, a fin de que me notificara de lo actuado en el expediente de reconsideración. Tomé vista del expediente y me notifiqué de lo actuado por la SECRETARIA DE ASUNTOS ACADÉMICOS, al dorso de una foja foliada, redactada en forma manuscrita, sin indicación del expediente al que se refiere y sin foliar. Dado que el pedido de reconsideración debía ser tratado por el DEPARTAMENTO mientras que el pedido de nulidad debía ser tratado por el CONSEJO DIRECTIVO, que el último se encuentra agregado al pedido de reconsideración y, atendiendo a que implican destinatarios jerárquicamente diferentes –en función de la competencia para resolver ambos recursos–, solicité que se procediera al desglose de los mismos, a fin de posibilitar el tratamiento del pedido de nulidad. Esto, por supuesto, sin obtener respuesta alguna.
* Posteriormente, resenté un pedido de nulidad al CONSEJO DIRECTIVO para que dejara sin efecto la determinación de la SECRETARIA DE ASUNTOS ACADÉMICOS de archivar el pedido de nulidad sin el tratamiento correspondiente por parte del órgano superior, incumpliendo con el ESTATUTO UNIVERSITARIO.
* Luego, el CONSEJO DIRECTIVO renovó la designación de ayudantes, sin haber tratado el pedido de nulidad. Por esa razón presenté el correspondiente pedido de nulidad contra esa segunda designación.
* En lo que va del año, he presentado más de ocho expedientes en el CONSEJO SUPERIOR de la universidad reclamando su intervención, los cuales mecánicamente han sido girados a la unidad académica, donde se encuentran pendientes, sin tratamiento ni resolución.
Agradecería que me orientaran respecto de ¿QUÉ PUEDO / DEBO HACER?
Desde ya, mil gracias!
* La misma se llevó a cabo constatándose en el acta de dictamen errores de forma, vicios de procedimiento y arbitrariedad manifiesta. Amparado en el derecho a revisión inherente a todo acto administrativo que otorga la Ley Nº 19.549, solicité a las autoridades del DEPARTAMENTO interviniente la correspondiente reconsideración de dictamen, en virtud del conjunto de errores de forma y vicios de procedimiento evidenciados en él. El mismo fue reclamado en varias oportunidades y rechazado sin fundamentación alguna por la JUNTA DEPARTAMENTAL, sin que mediara notificación fehaciente hacia mi persona.
* Conforme lo exige la Ley y, entendiendo que el acto administrativo si bien había emanado de autoridad competente no se fundaba en las normas reglamentarias que le sirvieron de causa, interpuse ante el DECANO de la FACULTAD el pedido de nulidad de todo lo actuado por la comisión evaluadora y de impugnación de dictamen en carácter subsidiario por errores de forma y vicios de procedimiento, a fin de que fuera tratado por el CONSEJO DIRECTIVO, previo a la designación como ayudantes de quienes ocupaban los primeros puestos en el acta final de dictamen. El mismo fue reclamado en varias oportunidades pero retenido por el DEPARTAMENTO y agregado al pedido de reconsideración.
* No obstante lo anterior, se elevó el pedido de designación basado en un dictamen nulo y... fue aprobado por el CONSEJO DIRECTIVO, sin resolver ni el recurso de reconsideración ni el de nulidad presentados oportunamente.
* En virtud del tiempo transcurrido y la falta de respuesta, denuncié que se había producido la denegatoria por silencio y solicité a la autoridad competente que arbitrara los medios para que se girara el pedido de nulidad al CONSEJO DIRECTIVO para su tratamiento. Asimismo, solicité que se dejara sin efecto la designación de ayudantes para quienes ocupaban los primeros lugares en el orden de méritos.
* Luego, recibí comunicación del DEPARTAMENTO, a fin de que me notificara de lo actuado en el expediente de reconsideración. Tomé vista del expediente y me notifiqué de lo actuado por la SECRETARIA DE ASUNTOS ACADÉMICOS, al dorso de una foja foliada, redactada en forma manuscrita, sin indicación del expediente al que se refiere y sin foliar. Dado que el pedido de reconsideración debía ser tratado por el DEPARTAMENTO mientras que el pedido de nulidad debía ser tratado por el CONSEJO DIRECTIVO, que el último se encuentra agregado al pedido de reconsideración y, atendiendo a que implican destinatarios jerárquicamente diferentes –en función de la competencia para resolver ambos recursos–, solicité que se procediera al desglose de los mismos, a fin de posibilitar el tratamiento del pedido de nulidad. Esto, por supuesto, sin obtener respuesta alguna.
* Posteriormente, resenté un pedido de nulidad al CONSEJO DIRECTIVO para que dejara sin efecto la determinación de la SECRETARIA DE ASUNTOS ACADÉMICOS de archivar el pedido de nulidad sin el tratamiento correspondiente por parte del órgano superior, incumpliendo con el ESTATUTO UNIVERSITARIO.
* Luego, el CONSEJO DIRECTIVO renovó la designación de ayudantes, sin haber tratado el pedido de nulidad. Por esa razón presenté el correspondiente pedido de nulidad contra esa segunda designación.
* En lo que va del año, he presentado más de ocho expedientes en el CONSEJO SUPERIOR de la universidad reclamando su intervención, los cuales mecánicamente han sido girados a la unidad académica, donde se encuentran pendientes, sin tratamiento ni resolución.
Agradecería que me orientaran respecto de ¿QUÉ PUEDO / DEBO HACER?
Desde ya, mil gracias!