Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONTESTACION DE DEMANDA. Representación.PERSONERIA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1049095  por soly30
 
Hola colegas!! quizás la pregunta es básica, pero la verdad no se como encararlo. Estoy contestando una demanda por despido, la demanda (mi clienta) es una sociedad de hecho y sus socios. Si bien a vengo representando a mi clienta siempre demandaron a la sociedad, y cuando contesto lo hago por la misma, pero en este caso solo le llego la demanda a uno de los socios, si bien salió para la sociedad y para el otro socio aun no ha llegado. Mi pregunta es si puedo contestar por todos, es decir: por el socio al que le llegó la demanda y notificándome de la misma por el resto. Y si es que se puede, como debo hacerlo, seria en el mismo encabezado dra.xxx... abogada apoderada de a,b,y c, ? o solo debería poner abogada del socio que esta notificado y mas abajo, en otro punto notificarme por los codemandados.? Gracias por la ayuda que me puedan brindar.
 #1049135  por soly30
 
Tejedor escribió:no te entiendo muy bien.... pero solo tenes q contestar por la parte a la que le corrieron traslado de la demanda!!!!.... si me explicas de nuevo te ayudo
Ante todo gracias, el tema es que mi cliente es una Sociedad de hecho, yo tengo el poder que corresponde tanto a la sociedad de Hecho como a cada socio. Si bien la demanda ya le corrieron traslado a todos solo le llego a uno de los socios, entonces pensaba para no hacer 3 contestaciones, contestar por el socio que esta notificado, y notificarnos por el otro y la sociedad en el mismos escrito adhiriendo a la contestación pero no se si se puede. Porque en realidad ya se corrio traslado para todos, y quien en pricipio responderia seria la sociedad
 #1049361  por Tejedor
 
hola.. yo solo contestaria por el socio que esta NOTIFICADO. Por los demas socios y la sociedad no contestaria hasta que no me notifiquen por cedula. Jamas me notificaria personalmente .. eso es un error... por que beneficias al actor extendiendole la cosa juzgada no solo al socio notificado.. sino tambien a los otros socio y a la sociedad.-
 #1049390  por soly30
 
ok gracias por la respuesta, el tema es que me resuelta bastante complejo contestar solo por un socio, no se si contar la realidad de los hechos explicando que es la sociedad con quien el actor tenia el contrato de trabajo con las consecuencias que el mismo derivó (despido directo) y ofrecer prueba como por ej. certificados art.80 que emanados de la sociedad o como?? Me estoy haciendo un lio barbaro
 #1049428  por Herno
 
1) Sí podés presentarte por todos notificándote espontáneamente, claro que con eso le evitas al otro el tema de la notificación que quizas te da más aire, pero si no lo necesitas... Eso se ve en la práctica y según el caso concreto y las necesidades de tu cliente. Poder, ser puede.
2) De todas formas si la sociedad es de hecho, todo es medio en vano la defensa por ese lado dado que es inoponible...
Saludos
 #1049468  por soly30
 
Herno escribió:1) Sí podés presentarte por todos notificándote espontáneamente, claro que con eso le evitas al otro el tema de la notificación que quizas te da más aire, pero si no lo necesitas... Eso se ve en la práctica y según el caso concreto y las necesidades de tu cliente. Poder, ser puede.
2) De todas formas si la sociedad es de hecho, todo es medio en vano la defensa por ese lado dado que es inoponible...
Saludos
Ok muchas gracias, si la verdad es que ya la contestación la tengo hecha, y las cedulas ya salieron para todos. Evaluaré todas las sugerencias. Muchas gracias a todos
 #1049475  por adessoma
 
Cuestión básica: ¿En el expediente vos viste el proveído que ordena correr traslado de la acción a la sociedad?