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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1050003  por maesap
 
Hola a todos!! tengo una duda... si un trabajador dependiente de una SA, que se dio por despedido, pidio audiencia en el Ministerio de Trabajo de BA, y envían una cedula de notificación al domicilio social, pero citan a la SA y a su presidente como responsable solidario... la notificacion de la persona del presidente no debiera hacerse en su domicilio real???
 #1050014  por agentil
 
maesap escribió:Hola a todos!! tengo una duda... si un trabajador dependiente de una SA, que se dio por despedido, pidio audiencia en el Ministerio de Trabajo de BA, y envían una cedula de notificación al domicilio social, pero citan a la SA y a su presidente como responsable solidario... la notificacion de la persona del presidente no debiera hacerse en su domicilio real???
Si, las notificaciones a las personas físicas vas a su domicilio real.

saludos!!!
 #1054256  por mbba
 
agentil escribió:
maesap escribió:Hola a todos!! tengo una duda... si un trabajador dependiente de una SA, que se dio por despedido, pidio audiencia en el Ministerio de Trabajo de BA, y envían una cedula de notificación al domicilio social, pero citan a la SA y a su presidente como responsable solidario... la notificacion de la persona del presidente no debiera hacerse en su domicilio real???
Si, las notificaciones a las personas físicas vas a su domicilio real.

saludos!!!
Opino diferente. El trabajador no tiene la obligación de conocer el domicilio de los socios. Si se la envia al domicilio donde está constituida la sociedad es válido, porque es el que constituye a los fines de cumplir sus obligaciones fruto de esa sociedad.
 #1054356  por agentil
 
mbba escribió:
agentil escribió:
maesap escribió:Hola a todos!! tengo una duda... si un trabajador dependiente de una SA, que se dio por despedido, pidio audiencia en el Ministerio de Trabajo de BA, y envían una cedula de notificación al domicilio social, pero citan a la SA y a su presidente como responsable solidario... la notificacion de la persona del presidente no debiera hacerse en su domicilio real???
Si, las notificaciones a las personas físicas vas a su domicilio real.

saludos!!!
Opino diferente. El trabajador no tiene la obligación de conocer el domicilio de los socios. Si se la envia al domicilio donde está constituida la sociedad es válido, porque es el que constituye a los fines de cumplir sus obligaciones fruto de esa sociedad.
Claro que no está obligado a saber el domicilio de los socios, pero hay instituciones que lo pueden informar y el abogado debe requerir de ellas para pode cumplir su cometido.

saludos!!