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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1050048  por Maru72
 
Hola Foristas, tengo que iniciar en Capital de alguién muy cercano a mi, un divorcio fundado en el art. 214 inc. 2, pero no en forma conjunta, solo por uno de los cónyuges, ya que el otro (mujer) no quiere firmar. La consulta es con relación a la prueba de la separación por mas de 3 años sin voluntad de unirse, tengo un convenio de alimentos, visitas, tenencia y disolución conyugal, firmado por ambos con certificación de firma por ante escribano, donde dice la fecha en que se separaron, ¿lo presento como prueba? Si bien con dicho documento pruebo la separación por mas de tres años, yo no lo quiero homologar, por el tema de la tasa de justicia, ya que hay bienes atribuidos, esa es mi duda. Gracias
 #1050083  por Tiburcio
 
Podés agregarlo como prueba documental en el caso de que la contraparte no reconozca la separación, o reconvenga.
Igualmente si querés agregarlo ahora no tiene ningún riesgo de pago de tasa de justicia porque es prueba documental.