Estimados/as colegas:
En la providencia del art. 80, la jueza ha omitido pronunciarse sobre la prueba pericial en seguridad e higiene. Además, al momento de designar perito médico, designa perito médico "en seguridad e higiene" (¿?). Teniendo eso en cuenta, entiendo que habrá cometido un error involuntario, y ha mezclado ambas pruebas, la médica y la del ingeniero en seguridad e higiene.-
¿Sugieren que apele? O bien, ¿preparo un simple escrito, manifestando el error el la designación del perito médito y la omisión sobre la prueba de ingerio en seguridad e higiene?
Siempre agradezco su colaboración!
Saludos!
En la providencia del art. 80, la jueza ha omitido pronunciarse sobre la prueba pericial en seguridad e higiene. Además, al momento de designar perito médico, designa perito médico "en seguridad e higiene" (¿?). Teniendo eso en cuenta, entiendo que habrá cometido un error involuntario, y ha mezclado ambas pruebas, la médica y la del ingeniero en seguridad e higiene.-
¿Sugieren que apele? O bien, ¿preparo un simple escrito, manifestando el error el la designación del perito médito y la omisión sobre la prueba de ingerio en seguridad e higiene?
Siempre agradezco su colaboración!
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