Hola colegas! estoy recién llegada de una audiencia art. 80 por un despido en CABA. Les presento el caso, voy por la demandada: se trata de un despido indirecto todo en blanco, sueldo de $4300.- 18 meses de antigüedad, no hay reclamo de horas extras, ni de periodos en negro, solo reclama indemnización por despido y una diferencia salarial de 3 meses de $600.- mensuales. La liquidación de la actora es de $110.000.- por supuesto mas que abultada teniendo en cuenta los antecedentes del caso. El tema es que al llegar a la audiencia, y habiendo tenido una charla previa con el colega de la contraparte, es que decidimos arreglar por $18.000.- ya que el colega de la contraria vio que solo le quedaba dos testigos para probar esa diferencia por cambio de categoría y para nosotros era abonar liquidación final mas un reconocimiento de dinero extra. El tema es que la audiencista ante el monto del acuerdo, nos manifiesta que el juzgado no homologa por menos de $33.000.-, a lo que le planteamos que la liquidación final no llega a los $15.000.- y que esta todo en blanco con los certificados ya entregados y nos responde que ellos no lo homologan y que solo tienen lo relatado por una y otra parte entonces no se puede homologar. A alguien le paso,? se puede hacer algo? además todo esto lo dijo adelante del actor por lo que jamas va arreglar por menos de esa cifra que excesivamente supera lo que corresponde. La verdad estoy súper indignada
A alguien le paso,? se puede hacer algo? además todo esto lo dijo adelante del actor por lo que jamas va arreglar por menos de esa cifra que excesivamente supera lo que corresponde. La verdad estoy súper indignadaSi no te molesta pelearte mal con el juzgado...,
Volve a repetir, esto es lo que hay, sino..., bueno que siga, capaz no gana y no cobra nada, o capaz gana dentro de unos años, pero me pido un concurso y se lo mando no menos de cinco años mas para adelante, con una inflacion del 25% anual y aunque salga la sentencia con tasa activa me da igual porque despues no la cobra y en el concurso, cinco años despues, le voy a ofrecer el 40% del capital historico porque ahi el juzgado comercial si homologa por ese numero, y ademas ese 40% del capital historico se devaluo a razon de un 25% anual, osea, que su capital del 40% historico vale un 125% menos que antes..., o capaz para esa epoca ya soy insolvente y me voy a la quiebra y no queda nada de nada para nadie...
Claro que decir esto es ponerte dle OGT al juzgado..., pero es una realidad abosluta e innegable que ningun juzgado laboral puede discutir ni opinar en contra..., el concurso manda por sobre la sentencia laboral