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  • divorsio art 215 dto. jud. La Plata

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1050601  por Alejandro1977
 
Tengo que iniciar un divorcio por el art. 215 ya que las partes se habían casado en el 2008, pero luego de muchas discuciones y desacuerdos decidieron en diciembre del 2011 ponerle fin al vinculo por lo que no dan los palazos del 214.2. Ambos continúan con la idea de no unirse nuevamente, de ellos no nacieron hijos. Ahora mi pregunta.¿ Los puedo representar a ambos yo?, ¿Hay algún modelo a seguir?, ¿Que debo acompañar con el escrito? a por cierto no aclaré es mi primer divorcio. Desde ya muchas gracias estimados colegas.
 #1050629  por joseluis1107
 
Alejandro, me parece que podrías conversar con tus clientes y declara una fecha que te den los 3 años y haces un 214 directamente. Depende el Jgdo a veces te dejan representar a las dos partes en este tipo de divorcios de común acuerdo. En ese caso la documentación es el acta de matrimonio, fotocopia DNI de ambos y nada más. Pago de bono, Tasa y sobre-tasa de justicia y Anticipo de IUS previsional. Suerte.