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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1046559  por eldt
 
He hecho algunas jubilaciones con y sin moratoria, pero al toparme con el régimen de los docentes estoy haciendo agua por todos lados y me surgen los siguientes interrogantes:

- Una clienta trabaja como docente. En la sabana de anses figura con codigo 05 que entiendo es el código para los docentes, es así?

- Entre la documentación que tiene hay certificaciones de servicios con codigo 05 pero no tiene la Planilla correspondiente a la aplicación del Suplemento Docente decreto 137/2005. Si no le dan esa planilla no le toman los aportes como docente? Qué debo hacer?

- Los 25 años de aportes que se exigen para jubilarse como docente deben ser solo de esa actividad? O pueden completarse con otros trabajos que no sean como docente?

- Actualmente trabaja pocas horas en una escuela primaria (al frente de alumnos) y muchas horas en una Universidad Privada (buen sueldo - no está al frente de alumnos). Tiene 60 años, 25 como docente y los 10 años al frente de grado. Qué cálculculo de haber le corresponde? Le toman el 82% del cargo en la Universidad Privada? Le conviene jubilarse ya?

- Si sólo le corresponde el 82% del cargo en la escuela primaria, puede jubilarse por la 24241 con el actual cargo en la Universidad, donde tiene un sueldo elevado? Le conviene?

Gracias por sus ayudas!
 #1046672  por periquita
 
eldt escribió:He hecho algunas jubilaciones con y sin moratoria, pero al toparme con el régimen de los docentes estoy haciendo agua por todos lados y me surgen los siguientes interrogantes:

- Una clienta trabaja como docente. En la sabana de anses figura con codigo 05 que entiendo es el código para los docentes, es así? SI

- Entre la documentación que tiene hay certificaciones de servicios con codigo 05 pero no tiene la Planilla correspondiente a la aplicación del Suplemento Docente decreto 137/2005. Si no le dan esa planilla no le toman los aportes como docente? Correcto Qué debo hacer? pedirla

- Los 25 años de aportes que se exigen para jubilarse como docente deben ser solo de esa actividad? O pueden completarse con otros trabajos que no sean como docente? pueden completarse pero necesitarña más de 25
habrá que prorratear edad y aportes


- Actualmente trabaja pocas horas en una escuela primaria (al frente de alumnos) y muchas horas en una Universidad Privada (buen sueldo - no está al frente de alumnos). Tiene 60 años, ^¿varón o mujer? 25 como docente y los 10 años al frente de grado. Qué cálculculo de haber le corresponde? hay que hacer las cuentas
Le toman el 82% del cargo en la Universidad Privada? NO no sirve para jubilación docente
¿con esto completa los 25 años???
Le conviene jubilarse ya? depende ....

- Si sólo le corresponde el 82% del cargo en la escuela primaria, puede jubilarse por la 24241 con el actual cargo en la Universidad, donde tiene un sueldo elevado? sí, se puede jubilar con los 2 cargos como una PBU, no como docente
Le conviene?
todo depende con qué se compare.....

Gracias por sus ayudas!
 #1047394  por eldt
 
Muchas gracias periquita!

Lo único que me desvela y que no termina de quedarme claro es cómo le convendría jubilarse!

Te lo pongo en números, a ver si me das una idea:
- señor que tiene los 25 años de aportes Docentes (más de 30 tomando otros empleos)
- tiene la edad (60 años)
- trabajó siempre pocas horas como docente. Actualmente gana $ 2.000
- hace 10 años trabaja también en Universidad Privada y gana $ 15.000

a) Le conviene jubilarse como Docente y prorratear lo aportado por 24241 o al revés?
b) Quiere saber cuánto cobraría. Lo puedo calcular o conviene pedirlo a alguien que se dedique a hacer estos cálculos?

MUCHISIMAS GRACIAS POR ADELANTADO.
 #1049805  por eldt
 
Perdonen mi insistencia pero agradeceria si alguien me ayuda con este tema. Saludos y gracias!
 #1049816  por periquita
 
eldt escribió:Muchas gracias periquita!

a) Le conviene jubilarse como Docente y prorratear lo aportado por 24241 o al revés? no entiendo cómo es ése modo de jubilarse
b) Quiere saber cuánto cobraría. Lo puedo calcular podrías
o conviene pedirlo a alguien que se dedique a hacer estos cálculos? en tu caso creo que conviene porque no creo que sepas hacerlo, me parece que no leíste lo suficiente sobre el tema.

MUCHISIMAS GRACIAS POR ADELANTADO.
eldt escribió:Perdonen mi insistencia pero agradeceria si alguien me ayuda con este tema.
¿Cuántas veces ayudaste vos a alguien???
Saludos y gracias!
Pedilo como PBU + Dto. 137 y ANSES te va a liquidar el mejor haber que será el de la PBU.

Saludos
 #1049859  por lola442
 
Que paciencia Periquita!!!
Eldt para las jubilaciones docentes -no universitarios- ANSES hace el calculo del haber común y luego toma el haber docente al cese, si el 82% de ese haber es superior al calculo de PBU-PC-PAP le aplica el complemento docente hasta llegar al 82% del ultimo haber docente, si no te aplican el haber que surge del cálculo de PBU PC Y PAP que se hace en base a las 120 ultimas remuneraciones (todas las docentes y las otas).
Todo esto siempre y cuando los servicios de la universidad sean comunes y no docentes.- Asegura que clase de servicios son los Universitarios porque sino se complica mucho el tema.-
Saludos
 #1050608  por eldt
 
Muchas gracias a ambas, ya comprendí. Especialmente a Lola por ser tan didáctica y clara.
 #1050618  por lola442
 
eldt escribió:Muchas gracias a ambas, ya comprendí. Especialmente a Lola por ser tan didáctica y clara.
De nada y Mucha Suerte